Hola, yo entiendo que no porque se dan por finalizados con el propio decreto,Muy buenas. Finalizada hoy 31/03/2022 la última prórroga de los ERTE por motivo del COVID ¿hay que comunicar algo más al SEPE además del envío de los periodos de actividad de marzo? Muchas gracias y un saludo.
Gracias! Yo entiendo lo mismo que tú, esperemos que el SEPE también!Hola, yo entiendo que no porque se dan por finalizados con el propio decreto,
Muchas gracias Dani, me quedo más tranquilo.Creo que 070 es cadena de valor ¿no? Con lo que es un fuerza mayor de los originales. La renuncia ante la autoridad laboral entiendo que es totalmente voluntaria en este caso. Si la empresa ha decidido desafectar a todos los trabajadores el día 31 de marzo, tan válido es que haga una renuncia expresa al expediente el día 31, como que no lo renuncie porque por pura normativa, el Erte habrá desaparecido el 1 de abril. Si no hay renuncia, tampoco habrá declaración responsable 063. Simplemente el Erte morirá. Yo es que en mi caso he querido hacer la renuncia para terminar de poner el último clavo al ataúd, pero ni mucho menos lo veo obligatorio.
Sara, yo estoy en el mismo caso que Dani, mi trabajador también está desafectado el día 31 (no los días anteriores) y al trabajar ese día el código en los PA de marzo será el 03 y quitaré la clave ese mismo día 31. Y no enviaré el PA de abril.Sarzo y Dani, porque si el erte es el último dia 31/03/31, ya que quitáis las letras el 01/04/22.
Por qué al enviar los PA indicáis el día 31/03/22 el código 03??
Yo haría los PA de marzo normal y haría el PA de abril indicando en el día 01/04/22 con el código 03.