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La Justicia de la Unión Europea se inclina por que el permiso retribuido que coincida con periodos vacacionales y libranzas no se compense. Así lo establecen las conclusiones del abogado general de la UE Henrik Saugmandsgaard Øe, a las que ha tenido acceso EXPANSIÓN, directrices que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que ultima su sentencia, suele seguir en la mayoría de casos. Este dictamen del abogado general, que considera que el Derecho de la UE no se opone a una regulación de las normativas nacionales y convenios colectivos que no prevea que se concedan permisos retribuidos cuando las circunstancias que justifican su concesión acaezcan en días en los que no se trabaja, se desmarca de la jurisprudencia del TJUE respecto a las bajas que acaecen en periodos vacacionales, sobre las que ha sentenciado que deben compensarse