FINALIZACION CONTRATO TEMPORAL A INSTANCIA DEL TRABAJADOR

smb

Nuevo miembro
Hola a todos.

Me surge una duda en relacion al contrato de trabajo temporal, en concreto un 402 con una duracion de tres meses. Si estamos ante el caso de que es el trabajador el que informa que no desea continuar una vez finalice su contrato de trabajo (no dando opcion ni a prorroga ni a transformacion) el empresario ¿debe configurarse en el finiquito la indemnizacion de 8 dias por finalizacion de contrato? gracias de antemano.

Un saludo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Entiendo que sí, que tiene derecho a esa indemnizacion, aunque la empresa debería comunicar la baja a la S.S.  como fin de contrato temporal "a instancias del trabajador", lo que acarrerará que, de prerenderlo, no tendrá derecho a la prestacion de desempleo (eso a veces condiciona la voluntas del trabajador, aunque no sé si será ahora el caso)

Saludos
 
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