A un conserge de fincas urbanas se le va a cambiar de centro de trabajo dentro del mismo municipio y a muy poco distancia uno de otro.
- En fincas urbanas cobran determinados conceptos en función de las características de la finca (nº de viviendas, ascensores, calefacción, ..).
- En el nuevo centro de trabajo hay menos viviendas, no hay calefacción central.. y por tanto los complementos salariales bajan. Es correcto?
- En cuanto a la antigüedad se calcula aplicando un % sobre el salario base y los mencionados complementos con lo cual al cambiar de centro también disminuye. Es correcto?
Lo mismo ocurre con las pagas extraordinarias.
Muchas gracias de antemano por vuestras aportaciones.
Un saludo
- En fincas urbanas cobran determinados conceptos en función de las características de la finca (nº de viviendas, ascensores, calefacción, ..).
- En el nuevo centro de trabajo hay menos viviendas, no hay calefacción central.. y por tanto los complementos salariales bajan. Es correcto?
- En cuanto a la antigüedad se calcula aplicando un % sobre el salario base y los mencionados complementos con lo cual al cambiar de centro también disminuye. Es correcto?
Lo mismo ocurre con las pagas extraordinarias.
Muchas gracias de antemano por vuestras aportaciones.
Un saludo