jaumepasto
Miembro
buenos dias,
tenemos 1 trabajador de baja desde 09/10/2014
en fecha 01/10/2015 le conceden I P TOTAL
en cuanto al finiquito de las pagas extras se descuenta el periodo de IT, segun lo que diga convenio, tiene verano y navidad.
Pero vacaciones?, si ha estado de baja desde 01/01/2015 hasta la fecha de la incapacidad, entiendo que no se le ha de liquidar en el finiquito vacaciones, o si?
tenemos 1 trabajador de baja desde 09/10/2014
en fecha 01/10/2015 le conceden I P TOTAL
en cuanto al finiquito de las pagas extras se descuenta el periodo de IT, segun lo que diga convenio, tiene verano y navidad.
Pero vacaciones?, si ha estado de baja desde 01/01/2015 hasta la fecha de la incapacidad, entiendo que no se le ha de liquidar en el finiquito vacaciones, o si?