Buenos días,
Mi duda es la siguiente tengo unos trabajadores los cuales tienen pactado con el empresario un líquido, en el convenio colectivo existe la figura de
Garantía de incremento mínimo salarial que dice lo siguiente: Para los trabajadores afectados por el presente convenio cuyas retribuciones por cualquier concepto (incentivos, pluses,etc) sean superiores a las tablas salariales del convenio anterior, se establece una garantia minima salarial de incremento para el primer y segundo periodo de vigencia del convenio consistentes en las cantidades que se consignan al efecto para cada nivel en las tablas salariales. Esta garantia se aplica al concepto de salario base de la nómina
Eso quiere decir que estos trabajadores les tengo que incrementar con esa cantidad el líquido???
Mi duda es la siguiente tengo unos trabajadores los cuales tienen pactado con el empresario un líquido, en el convenio colectivo existe la figura de
Garantía de incremento mínimo salarial que dice lo siguiente: Para los trabajadores afectados por el presente convenio cuyas retribuciones por cualquier concepto (incentivos, pluses,etc) sean superiores a las tablas salariales del convenio anterior, se establece una garantia minima salarial de incremento para el primer y segundo periodo de vigencia del convenio consistentes en las cantidades que se consignan al efecto para cada nivel en las tablas salariales. Esta garantia se aplica al concepto de salario base de la nómina
Eso quiere decir que estos trabajadores les tengo que incrementar con esa cantidad el líquido???