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Hola! Trabajador que coge el coche de empresa para ir a visitar solo. Paga la gasolina con su tarjeta personal. Estos gastos de locomocion son EXENTOS verdad?
gracias
Efectivamente, si los desplazamientos son desde el centro de trabajo habitual al domicilio de los clientes, o entre uno y otro de estos últimos, además de el de regreso, la indemnización para suplir los gastos en los que ha incurrido el trabajador está exenta de cotización y tributación, siempre que la entidad empleadora pueda justificar documentalmente esas cantidades.
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