Gerente en sociedad limitada

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes: A ver si podéis orientarme en este tema.
Sociedad limitada formada por un matrimonio, ambos con el 50 por ciento. El administrador único es el marido, su mujer es socia pero no trabaja en la sociedad, es pensionista de invalidez. El próximo mes, el marido se jubila y quiere dejar como gerente, sin ser socia de la sociedad, a su hija con la que no tienen convivencia
Mi razonamiento es modificar escrituras dejando el marido el cargo de administrador único para que no tenga problemas con su jubilación al mismo tiempo que se indica que la hija será la administradora de la empresa con categoría de gerente y a esta hija darle de alta en asimilado a régimen general o régimen general (ahí está mi duda)
Como veis este planteamiento . Gracias como siempre.
 

VILA100

Miembro conocido
Hola
en principio, a ver que dicen los compañer@s, uno u otro… es decir… hija administradora total y a RGA…o bien.. padre administrador con amplios poderes a la hija que iría a RGN.
salu2
 

Bruma

Miembro activo
A ver, necesitaría saber qué entiendes por administradora gerente, porque no me cuadra que el padre sea administrador único y la hija "administradora con la categoría de gerente".
 

BELEN

Miembro conocido
Yo creo que Javier quiere decir que el marido deja el cargo para jubilarse, y en su lugar nombrarian a la hija -no socia- administradora, por lo que en este caso yo la daría de alta en el RGAsimilados
 

Bruma

Miembro activo
Pero es que ya se queda el padre como administrador único. La hija simplemente ostentará el cargo de "gerente" o directora de lo que sea (a lo de gerente nunca le he encontrado sentido) y quedaría encuadrada en Régimen General. No procede RG asimilado al no ser la administradora.
 

rakelcita

Miembro activo
Si la hija va a ser la administradora de la empresa y no es socia habría que darle de alta en el Régimen General Asimilado. Justo acabo de tener un caso parecido en una sociedad.
 

Bruma

Miembro activo
Me retracto, Rakelcita tiene toda la razón, me confundí en mi anterior post. Perdón si he confundido a alguien.
 

Arvillena

Miembro activo
Javier, es que no me cuadra lo que dices. Si el padre va a jubilarse y quiere seguir siendo administrador, más vale que lo dejes bien claro todo desde ya para no tener problema. En este caso lo único que podría hacer es ser un cargo "honorífico" limitándose como mucho a firmar las cuentas anuales.
Nunca deberá firmar contratos ni realizar ninguna actividad cotidiana, por lo que le pueda suceder.

Respecto a lo de la hija administradora "con categoría de gerente", el propio cargo de administrador en una sociedad como la vuestra incluye per se las funciones de dirección y gerencia.

Si recibe remuneración por esa labor, o por prestar servicios como gerente,....Régimen General asimilado.
 
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