Gratificación empresa tras resolución incapacidad permente absoluta trabajador

InmaRase

Miembro activo
Buenos días,
No se si se habrá hablado de esto en algún momento, pero no encuentro nada.
Una trabajadora de una empresa le ha sido reconocida ahora en febrero Incapacidad Permanente Absoluta con fecha de efecto 8 de noviembre ( fecha de agotamiento de 545 dias) la empresa quiere darle una gratificación por todos los años trabajados de 10.000 euros líquidos. En concepto de que? Clave L no puede ser, tendría que ser clave A cotizando y tributando en todo caso, pero como lo haría?
....
...
Como lo hago? lo disuado? cotizaria y tributaria en 2024? modelo 111 complementaria, con sanción, etc etc , cotizo ahora?

Por favor, me podriais dar un poco de luz al tema?

Mil gracias
 

toni

Miembro conocido
Uff!!! Disuadelo, si ya es un marron pagarle vacaciones entra alta, baja, inactividad z y todo el rollo ese, lo que quiere hacer es de locos, mejor que la invite a un par de paellas..
 

elchuske

Miembro conocido
Pues mira si tan desprendidos son y supongo que es una empresa sl o SA o parecido que cojan los administradores o el administrador y quien sea que como estara en AUTONOMOS y no tiene que cotizar a la seguridad social , la pasta y que la coticen IRPF faltaria mas. Y luego todos los meses le das el dinerito ya del bolsillo del administrador una cantidad hasta que se pague todo. Los 10.000, pero, si te has llevado ya las paellas como dice TONI hay que devolverlas. La sangria va a ser que no que los vicios son sagrados.
 

InmaRase

Miembro activo
Ya macho, es de locos, aparte lo que más oscuro veo aparte de lo la inactividad z y tal que que encima CASIA ahora está en un plan ... que no veas
Sería todo de 2024, 111 fuera plazo, 190 fuera plazo, cotización y tributación disparatada no se. Muchas gracias por leerme!! me he reido un rato jajajaja pero voy a intentar disuadir si!!
 

elchuske

Miembro conocido
Estos marrones hay que tomarselos con humor o te pasa factura, Pero sobre todo hay que ser creativos. Si tan interesados estan en darle las pasta proponles mi solucion. No se pueden negar.
 

elchuske

Miembro conocido
Y ademas te quitas los 111 los 190 los casias , etc etc. Eso tambien vendeselo a la empresa, Les dices que como hagas eso la inspeccion les va a poner en el punto de mira. Suele dar resultado-
 

Petrus

Miembro conocido
Buenos días,
No se si se habrá hablado de esto en algún momento, pero no encuentro nada.
Una trabajadora de una empresa le ha sido reconocida ahora en febrero Incapacidad Permanente Absoluta con fecha de efecto 8 de noviembre ( fecha de agotamiento de 545 dias) la empresa quiere darle una gratificación por todos los años trabajados de 10.000 euros líquidos. En concepto de que? Clave L no puede ser, tendría que ser clave A cotizando y tributando en todo caso, pero como lo haría?
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Como lo hago? lo disuado? cotizaria y tributaria en 2024? modelo 111 complementaria, con sanción, etc etc , cotizo ahora?

Por favor, me podriais dar un poco de luz al tema?

Mil gracias

Yo hice una el año pasado o anterior, lo consulté por CASIA por el tema de la cotización y me comentaron lo siguiente:

Resolución del Caso​


Este tipo de conceptos se deben prorratear a lo largo de los doce meses del año natural en el que se perciba, pero en este caso como el trabajador está de baja en la empresa, no procede la cotización. En otro supuesto en el que la cotización correspondiera al año 2023, tampoco sería posible la cotización dado que el trabajador estuvo todo el año 2023 en situación de IT hasta la fecha de baja.

Las vacaciones si que las anotaban para cotizar pero el premio de permanencia fue sin cotización porque estuvo todo el periodo de baja, también 10.000€.
 

elchuske

Miembro conocido
Es que no ha dicho que sea un premio de permanencia que supongo que vendra en el convenio. Si es asi ya es otra cosa.
 

toni

Miembro conocido
Yo hice una el año pasado o anterior, lo consulté por CASIA por el tema de la cotización y me comentaron lo siguiente:



Las vacaciones si que las anotaban para cotizar pero el premio de permanencia fue sin cotización porque estuvo todo el periodo de baja, también 10.000€.
Y donde te dejas la tributacion de esos 10.000? Porque hay da igual que este de baja, hacienda no te los va a perdonar y ya entramos en el jaleo de los 111 y 190
 

Merche Torres

Nuevo miembro
Y donde te dejas la tributacion de esos 10.000? Porque hay da igual que este de baja, hacienda no te los va a perdonar y ya entramos en el jaleo de los 111 y 190
Si se lo abona ahora en 2025, no entraría en realizar complementarias de 2024. Otra cosa es que en el resumen anual 190 de 2025, las cantidades abonadas las imputes al 2024, como si fueran atrasos.
 

toni

Miembro conocido
Demasiado lio, mejor un par de paellas... Porque la trabajadora va a tener que tributar en renta esos 10.000, pero bueno, si se puede hacer e insisten, que lo hagan...
 

Petrus

Miembro conocido
Tampoco le veo problema a que el trabajador deba tributario, eso ya es tema de trabajador y hacienda, tu declaras y listo. Lo interesante en este caso para la empresa es que puede no suponerle más coste en cotización.
 
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