Grupo cotizacion dependiente comercio

Carlos80

Miembro
Hola, buenas tardes, Por si alguno me puede echar una ayuda. ¿En que grupo de cotización se incluiría a un dependiente de un comercio de venta de golosinas,frutos secos.?
 

Arturo39

Miembro
Perdona Toni, pero al ser el pago mensual no diario, tendría que ser otro grupo???

Ahí está mi duda
 

toni

Miembro conocido
No tiene nada que ver, puedes tener salario mensual y tener grupo diario, para eso esta la marca de COTIZACION MENSUAL cuando das de alta un trabajador.
 

luca2020

Miembro
Hola, en el convenio el dependiente esta en el nivel II y grupo profesional II ( eso sería entonces grupos de cotización del 4 al 7 ? )

No te puedo decir cual de esas pondría, pero creo que tendría que ser del 4 al 7.
 

jotas

Miembro
Toni,qué es eso de la marca de COTIZACION MENSUAL, cómo se hace al dar de alta? hay que rellenar alguna casilla?

Y en cuanto a lo que ha dicho luca2020, creo que lleva razón , un dependiente es Nivel II, eso estaría encuadrado entre el grupo 4 y 7.
No sé que piensa otros compañeros?
 

toni

Miembro conocido
No tiene nada que ver el nivel que marca el convenio con el grupo de cotizacion, no os confundais, son dos cosas distintas.
Si te vas al literal de la norma, un GC 4 es un ayudante no titulado, el GC 5 un oficial adtvo, el GC 6 subalternos y el GC 7 auxiliares administrativos.

Tampoco pasa nada si le poneis un GC 5, personalmente y la mayoria pensamos que los GC no sirven para nada, pero insisto, nada tiene que ver los GC con los niveles que te marque el convenio.

@jotas, cuando das de alta a una trabajador con el grupo 8 (por ejemplo) pero su salario por convenio es mensual, se marca la casilla COTIZACION MENSUAL al darlo de alta, pero solo si es grupo del 8 al 11 y su salario por convenio es mensual.

Ahora bien, hacer lo que creais conveniente, hacerlo por asimilacion, pero yo los meto en el 8, no son empleados administrativos.
 
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