grupo de cotización

gya

Nuevo miembro
Buenos días, sé que la pregunta es un poco tonta, pero llevo poco tiempo en este mundo y me hago un poco de lío con los grupos de cotización, tengo una empresa dedicada al comercio al por mayor que quiere contratar a un conductor repartidor, estoy en duda en qué grupo incluirlo, buscando he visto que entraría dentro del grupo 7 o del 8, no se cual seria el mas correcto. Me podríais ayudar? Muchas gracias!
 

Caslaboral

Miembro conocido
Yo los choferes de camion los pongo en el 08. Ahora bien, dpeende del tipo de repartidor... Si es un repartidor de pizzas q va con moto? Tengo alguno en el 10.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Ante la duda, a veces sirve consultar las fuentes "arqueológicas":

Orden de 25 de junio de 1963 por la que se asimilan las categorías profesionales de las Reglamentaciones Nacionales de Trabajo a los grupos de cotización del Decreto 56/1963, de 17 de enero.​



Chofer lo asimilan a grupo 8.
 

toni

Miembro conocido
Ante la duda, a veces sirve consultar las fuentes "arqueológicas":

Orden de 25 de junio de 1963 por la que se asimilan las categorías profesionales de las Reglamentaciones Nacionales de Trabajo a los grupos de cotización del Decreto 56/1963, de 17 de enero.​



Chofer lo asimilan a grupo 8.
Hay tenia yo 54 dias ...:ROFLMAO:
 
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