GUARDA LEGAL Y JORNADA ORDINARIA

etc_buddy

Nuevo miembro
Buenas,

Una empleada quiere solicitar una reducción por guarda legal. Su jornada habitual de Lunes a Viernes es de 9:00 a 13:30 y de 14:30 a18:00. Quiere pasar a hacer una reducción de jornada del 25% y a una jornada intensiva de 9:00 a 15:00. ¿La empresa se lo puede denegar debido a que no respeta la distribución de su jornada habitual al no realizar el descanso de 1h?

Muchas gracias,
 

CHARO

Miembro conocido
Buenas,

Una empleada quiere solicitar una reducción por guarda legal. Su jornada habitual de Lunes a Viernes es de 9:00 a 13:30 y de 14:30 a18:00. Quiere pasar a hacer una reducción de jornada del 25% y a una jornada intensiva de 9:00 a 15:00. ¿La empresa se lo puede denegar debido a que no respeta la distribución de su jornada habitual al no realizar el descanso de 1h?

Muchas gracias,
Entiendo que si, porque no está dentro de su horario habitual y además por no estar, no está ni el horario de la empresa.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Cuidado con eso. El art. 37 del LET, choca con el art. 34 LET, que dice que se puede adaptar la jornada para facilitar la conciliación familiar. Por tanto, si la empresa deniega el horario, debe de ser ofreciendo otro al trabajador y dar buenas razones organizativas o productivas para no acceder a la petición del trabajador. Y mira a ver si el convenio dice algo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
El tema es muy casuístico.
Es cierto que la elección de la trabajadora no queda del todo dentro de la la jornada habitual, pero, ponderando situaciones e intereses, puede ser importante incidir en cuestiones como por ej si en la franja de 13:30 a 14:30 (la de interrupción en la jornada a tiempo completo) la empresa puede tener alguna actividad que dé sentido a que pase a formar parte de la jornada reducida, la necesidad que, llegado el caso, pueda acreditar la trabajadora... y, por ejemplo , que no es lo mismo que esto de plantee en, por ej, un pequeño negocio, sin más empleados y que encima a esa hora cierra que, por ejemplo una cadena de hipermercados, con cientos de empleados en plantilla, horquilla de actividad muy amplia e infinidad de posibilidades de organizar turnos de trabajo.
Esto no es una ciencia exacta, pero en función de las circunstancias (de la empresa y trabajador) una determinada solicitud puede ser más de recibo o no.

Saludos.
 

etc_buddy

Nuevo miembro
El tema es muy casuístico.
Es cierto que la elección de la trabajadora no queda del todo dentro de la la jornada habitual, pero, ponderando situaciones e intereses, puede ser importante incidir en cuestiones como por ej si en la franja de 13:30 a 14:30 (la de interrupción en la jornada a tiempo completo) la empresa puede tener alguna actividad que dé sentido a que pase a formar parte de la jornada reducida, la necesidad que, llegado el caso, pueda acreditar la trabajadora... y, por ejemplo , que no es lo mismo que esto de plantee en, por ej, un pequeño negocio, sin más empleados y que encima a esa hora cierra que, por ejemplo una cadena de hipermercados, con cientos de empleados en plantilla, horquilla de actividad muy amplia e infinidad de posibilidades de organizar turnos de trabajo.
Esto no es una ciencia exacta, pero en función de las circunstancias (de la empresa y trabajador) una determinada solicitud puede ser más de recibo o no.

Saludos.
Este es un planteamiento muy interesante. Aquí se trata de una empresa de 40 trabajadores dónde se han dado facilidades en cuanto a las modificaciones horarias por guarda legal hasta ahora. El tema es que no quieren que nadie haga jornada intensiva y se salte el descanso de 1h. Quieren que todo el mundo haga su descanso de 1h y que no haya nadie con jornada intensiva.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Este es un planteamiento muy interesante. Aquí se trata de una empresa de 40 trabajadores dónde se han dado facilidades en cuanto a las modificaciones horarias por guarda legal hasta ahora. El tema es que no quieren que nadie haga jornada intensiva y se salte el descanso de 1h. Quieren que todo el mundo haga su descanso de 1h y que no haya nadie con jornada intensiva.
Pues la cuestión estará en cómo la empresa puede acreditar, llegado el caso (ante una reclamación de la persona trabajadora por no aceptación de la empresa de la elección de jornada solicitada) el impacto que tiene para la empresa (organizativo, económico... ) el que la gente no haga jornada continuada y, claro está, la justificación que pueda tener par la persona trabajadora solicitar ese esquema de jornada que, es cierto, no se corresponde del todo con una reducción dentro de su jornada a tiempo completo (justificación, claro está, vinculada a una mejor atención al menor... no por mera conveniencia de, por ej llegar antes a casa y comer también en casa...
La finalidad de la reducción es la que es. Cierto que dentro de la jornada habitual la empresa poco tiene que decir (salvo que alegue y pueda acreditar un perjuicio muy grave y sobre la base de que, salvo desproporción muy evidente, siempre prevalecerá el derecho a la atención al menor)
Si el horario reducido elegido no encaja del todo en lo que es la jornada a tiempo completo, ahí, en base a literal de la norma, la empresa puede tener más opciones de no aceptarlo, pero, como digo, estas cosas suelen analizarse caso a caso y considerando y ponderando factores como los comentados.

Saludos
 

etc_buddy

Nuevo miembro
Pues la cuestión estará en cómo la empresa puede acreditar, llegado el caso (ante una reclamación de la persona trabajadora por no aceptación de la empresa de la elección de jornada solicitada) el impacto que tiene para la empresa (organizativo, económico... ) el que la gente no haga jornada continuada y, claro está, la justificación que pueda tener par la persona trabajadora solicitar ese esquema de jornada que, es cierto, no se corresponde del todo con una reducción dentro de su jornada a tiempo completo (justificación, claro está, vinculada a una mejor atención al menor... no por mera conveniencia de, por ej llegar antes a casa y comer también en casa...
La finalidad de la reducción es la que es. Cierto que dentro de la jornada habitual la empresa poco tiene que decir (salvo que alegue y pueda acreditar un perjuicio muy grave y sobre la base de que, salvo desproporción muy evidente, siempre prevalecerá el derecho a la atención al menor)
Si el horario reducido elegido no encaja del todo en lo que es la jornada a tiempo completo, ahí, en base a literal de la norma, la empresa puede tener más opciones de no aceptarlo, pero, como digo, estas cosas suelen analizarse caso a caso y considerando y ponderando factores como los comentados.

Saludos
Muchas gracias por la información!
 
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