Muy buenas,
Una empresa de ingeniería (convenio nacional empresas ingeniería) necesita implantar un servicio de guardias para atender urgencias que puedan surgir fuera del horario habitual de los trabajadores. La idea que tienen es la siguiente:
1. Retribuir a los trabajadores que fuera de su horario estén disponibles por si hay una urgencia.
2. En el caso de que haya una urgencia el tiempo que dure la misma compensarlo con descanso por el tiempo empleado en solventar la urgencia.
3. Si el tiempo empleado en la urgencia es en día festivo ¿deberá serle compensado con el doble del tiempo trabajado?: en este caso entiendo que legalmente no tendría por qué ser el doble, puesto es como si alguien trabaja en festivo y se le compensa el día trabajado con otro en el futuro, por ejemplo si la urgencia le lleva en total 1 hora pues una hora de compensación de descanso futuro.
Opináis que es un planteamiento correcto?
Muchas gracias.
Saludos
Una empresa de ingeniería (convenio nacional empresas ingeniería) necesita implantar un servicio de guardias para atender urgencias que puedan surgir fuera del horario habitual de los trabajadores. La idea que tienen es la siguiente:
1. Retribuir a los trabajadores que fuera de su horario estén disponibles por si hay una urgencia.
2. En el caso de que haya una urgencia el tiempo que dure la misma compensarlo con descanso por el tiempo empleado en solventar la urgencia.
3. Si el tiempo empleado en la urgencia es en día festivo ¿deberá serle compensado con el doble del tiempo trabajado?: en este caso entiendo que legalmente no tendría por qué ser el doble, puesto es como si alguien trabaja en festivo y se le compensa el día trabajado con otro en el futuro, por ejemplo si la urgencia le lleva en total 1 hora pues una hora de compensación de descanso futuro.
Opináis que es un planteamiento correcto?
Muchas gracias.
Saludos