HASTA CUANDO MANTENER LAS EXONERACIONES

TER

Miembro
Lo he puesto en otro hilo, pero me parecde lo bastante importante como para ponerlo de nuevo, ya que aparece en la WEB de Tesoreria


En el apartado empresas de la sección COVID hay "preguntas y respuestas frecuentes"

2. ¿Durante cuánto tiempo se mantiene la exoneración al abono de la aportación empresarial?
Mientras dure el período de suspensión de contratos o reducción de jornada

Por lo que yo, si ya están todo incorporados NO EXONERO A NADIE, porque ya no hay contratos suspendidos ni reducidos.

Os pongo el enlace:

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/897e30db-3172-4528-987f-ab1ffde1b8e7/f61fa2d3-53df-4fcb-8e6b-9f671fd998a9/e007ee8a-99f3-4ff0-af83-63823ec05f4a#022403ERTE-plegable
 

Sergei

Miembro conocido
Habría que ver de cuándo es esta guía. Por cómo está redactada parece de las primeras y ha llovido mucho....
Fíjate que solo habla de v,w y x
 

laboris

Miembro
La nueva ley publicada el 27/06 si que dice que al finalizar el ERTE finalizan las exoneraciones, pero claro no sabemos si son los ERTEs que finalicen despues de la publicación de dicha ley o lo finalizados anteriormente.
Mi cerebro ya no esta para pensar mucho, espero que nos den más información sobre este tema y saber que podemos exonerar.
 

tachca

Miembro
Yo tengo la duda porque tengo una empresa de 25 que acabamos de incorporar a todos al 100%, excepto a un trabajador que la empresa no tiene trabajo para su categoría y le tienen a media jornada; la duda que se plantea es ahora si mantener la R a todos los que se han incorporado, realmente como me da un poco de miedo, estoy por quitar la R hoy para que la única exoneración que tenga la empresa a partir del 1 de julio sea la del trabajador que continua afecto al ERTE...
 

TER

Miembro
Tachca, tendrás que tener muy buenos argumentos para justificar que de los 25 , únicamente dejan a un trabajador parcialmente en Erte. Que no se vea la mala fe para seguir con las exoneraciones. Si es la realidad y lo ves defendible, adelante.
 

toni

Miembro conocido
Mucho me temo que tenemos que esperar a un próximo NOTIRED que tendrá que salir si o si y a las próximas correcciones de ese NOTIRED... ;)
 
Buenos días:

Yo estoy igual, no entiendo que si en junio una empresa tiene a todos sus trabajadores reincorporados siga bonificándose, no obstante tras la lectura de los boletines red y por la respuesta que dan en tesorería parece que si. Os copio lo que pregunté y me respondieron por si os aclara algo:

Buenos días.
Una empresa en mayo se encuentra en erte parcial por tener trabajadores que se han reincorporado parcialmente, los movimientos de mayo están hechos con la clave S. El 1 de junio se incorporan totalmente todos los trabajadores, con lo que en esa fecha el erte ha finalizado, he indicado en esa fecha 1 -6 el valor R, no sé si es correcto o tengo que hacer otra acción, pues en el IDC figura bonificación y no debe de aplicarse bonificación. Gracias
Respuesta:
Si se ha reincorporado en su jornada total es correcto comunicar la Inactividad R. La reincorporación de todos los trabajadores no determina la finalización de las exencioes establecidas en el artículo 4.2.a). del RDL 18/2020 (Noticias Red 14/2020).
Un saludo


 

Argi

Miembro conocido
Hasta el 30 de junio yo creo que ha sido así. La reincorporación total no implica la finalización de las exenciones. A partir del 1 de julio habrá que esperar cómo lo gestionan
 

Vhaidran

Miembro
Es que no tiene sentido que reincorpores a toda tu plantilla y no puedas exonerarte las cuotas, entiendo que estas exoneraciones están hechas para incentivar la reincorporación y reactivar el mercado.

Lo que me chirría es lo de la renuncia que dice el boletín red. ¿No se suponía que debes comunicar la renuncia del ERTE cuando ya no tenías trabajadores en ERTE suspensión y/o reducción de jornada,  con un plazo de 15 días? ¿Se supone acaso que puedes reincorporar a todos y comunicar la renuncia días/semanas después? Porqué para más inri el boletín red te dice que para aplicarte las exoneraciones en el caso de que hayas reincorporado a todos los trabajadores deber haber cumplido el resto de requisitos que en teoría incluye la comunicación a la autoridad laboral.

Apaga y vámonos, es todo un desastre.
 
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