HECHO UN LIO!!

rbal

Miembro
Empresa de 5 trabajadores ,se solicitó Erte limitaciòn que solo se incluyeron a 2 trabajadores. Ahora la CCAA prohibe la actividad.
Tengo que hacer un ERTE de impedimento.
Los dos trabajadores que tengo en limitación, los debo de poner en el de impedimento, es decir, en el nuevo a toda la plantilla?
Vamos para bingo!!!
 

nayade

Miembro activo
Yo diría que si se prohíbe la actividad es un ERTE por impedimento a toda la plantilla, pero no sé si metes a alguno en el de limitación que podría pasar.

A mí me entra la duda con tanto erte de si cuando se acabe el impedimento y te pongan restricciones (de horario por ejemplo) se debe realizar otro erte por limitación? a estos ertes también se debe renunciar cuando se acabe esté impedimento concreto? es decir yo estoy en Castilla y León, ahora bares cerrados cuando digan que se pueden abrir se renuncia o se da por cerrado porque se pidió para este impedimento por este tiempo concreto? o se deja abierto y vamos metiendo y sacando de limitación a impedimento y viceversa según les de por cerrar o no? no entiendo como pueden hacernos esto después de todo lo que hemos pasado ya :'( :'( :'(
No sé si consigo explicarme bien porque me lío yo sola...

 

Nikki_sp

Miembro conocido
y tienen muy poca empatia con nuestra profesion desde la.AAPP, porque no es tan dificil explicar si pueden convivir 2 ertes a la.vez o.no.

Porque creo que para medidas.puntuales el.erte fuerza mayor te puede sacar del apuro (un cierre de 15 dias), porque no tienes mas que meter a trabajadores en la di hosa hoja morada. No te exoneras pero tampoco tienes que andar con negociaciones , autorizaciones, silencios administrativos....

O simplemente porque no quieres bonificarte...

Pero ¿y si despues de un erte de impedimento.visto el.follon que es de nuevo, prefieres usar el.de.fuerza mayor?

Y no tenemos ni puta idea de si se puede hacer eso o no, si hay que renunciar de un erte para iniciar otro.
 
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