Para hacer un 420, debe la empresa -no el trabajador-, a través de la plataforma
mercurio iniciales , solicitar a extranjería una autorización de residencia para prácticas.
El contrato en prácticas solo se puede hacer por un año como máximo, lo que dura la autorización, después, se le debe hacer al trabajador
una modificación de dicha autorización a un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena para régimen general.
En dicha solicitud se aporta el contrato en practicas (jornada completa si lo deseas), titulación académica, Mod ex04; pasaporte, copia NIE, tasas correspondientes, etc. El silencio administrativo se entenderá positivo, pasado un mes desde su inicio.
Me he metido un ratito a
mercurio iniciales y te he hecho un pantallazo, para que veas como se inicia el trámite.
Ver el archivos adjunto 3879
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Aunque la solicitud de residencia para prácticas está recogida en la ley de emprendedores (
Disposición adicional decimoctava), no es la Unidad de Grandes Empresas la que resuelve este asunto, sino que
lo resuelve la oficina de Extranjería.
Tiene mejor trámite y es mucho menos engorroso presentar un contrato en practicas que un convenio en prácticas (con este último, piden seguro médico, acreditar recursos económicos, antecedentes penales., etc., un rollo).