Una Empresa que en el convenio que se aplica tiene viene que el horario es de 37,5 horas semanales y los trabajadores están haciendo 40 horas semanales (en el contrato de trabajo también aparece 40 horas). la inspección de trabajo ¿puede sancionar por no cumplir el horario de 37,5h semanales?. Además en verano el convenio dice que solo horario de mañana y para la empresa es imposible hacer solo el horario de mañana. ¿Es obligatorio cumplir con los horarios que impone el convenio colectivo?. Muchas gracias