Huelga General

Iker

Miembro
Hola Compis

Es un tema que se va a dar y que, probablemente, todabía no hayamos estudiado a fondo.

El caso es que, dentro de nada habrá huelga general con trabajadores que quieran acatarla y otros que no. ¿Como veis el caso?

El que quiera ir a la huelga debe preavisar a la empresa o no?. Supongo que si, o en su defecto el empresario podrá preguntar quien quiere ir y quien no, pero ...¿Con cuanto tiempo de antelación?

De todas formas, he buscado algún tipo de regulación pero no veo nada.

Alguna opinión . . .¿?
 

BSK

Miembro activo
Hombre, teniendo en cuenta que va a ser una huelga que cumplirá, se supone, con todos los trámites legales y el empresario ya sabe que esto va a ocurrir, éste debe planificar los servicios mínimos si es una empresa que debe prestar un servicio esencial para la sociedad. En cuanto se sepa qué trabajadores no van a hacer huelga tendrá que concretar los servicios mínimos, y en todo caso, el empresario debe organizarse como él crea oportuno para garantizarlos si es un servicio fundamental para la comunidad. El Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado al respecto y ha establecido que el derecho a la huelga no es inamovible. Si la totalidad de la empresa se declara en huelga, si no hay trabajadores para prestar esos servicios mínimos, pues tendrá que acudir el empresario al "esquirolaje".
 

Iker

Miembro
Hola

Pues un servicio para la comunidad no es. Como casi el 90 por ciento de las empresas. Se trata, básicamente, de Pymes que buscan bcio industrial como cualquier otra.
De todas formas, siempre hay trabajadores que no irán a la huelga. La curiosidad que tengo es si los trabajadores que iran a la huelga deben de comunicarlo a la empresa, o en su defecto la empresa puede preguntar quienes irán en aras a organizar el trabajo con los que se queden. De todas maneras, no encuentro una regulación legal al respecto ???
 

FERNANDO

Miembro conocido
Vamos a ver, no hay que preavisar en ningún sentido. La huelga está debidamente convocada y el trabajador no tiene por qué decir si irá o no. El empresario deberá de tener abierto el centro de trabajo para aquellos trabajadores que deseen acudir a su puesto de trabajo.
 

Iker

Miembro
Joer Fernando, pues no me parece justo. De que forma se organiza una empresa si no sabe con quien puede contar y con quien no ¿?. Está claro que un trabajador puede hacer huelga si lo estima conveniente, pero supongo que debe de avisar, por lo menos, para que la empresa pueda organizarse con los que asistan.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ya pero, aunque no se trate de "servicios mínimos" propiamente dichos (en el sentido de servicios esenciales de interés general: sanidad, transporte...), sí que creo que pueden definirse "servicios de seguridad y mantenimiento", que, aunque no con el mismo tratamiento, tal vez sí pueda prestarse a prever algunas pautas para garantizarlos (en el sentido de asegurarse de poder contar con suficientes recursos, a pesar del teórica libertad de cada trabajador para ejercer su derecho a la huelga y la no necesidad de preaviso, ¿no?)

Ojo, que estoy preguntando. Como ya he comentado en otro post, acabo de reincorporarme de vacaciones, bastante desconectado, y me encuentro que he de ponerme las pilas en esto y con una situación parecida a al del consultante (enpresa de servicios, servicios no esenciales, pero siendo evidente que hay que garantizar la continuidad de ciertos servicios por el importante daño, en algun caso irreparable, que un cese total pudria originar).

Y es que al tratarse de una huelga general..., descoloca un poco. Por ej. sí que tengo referencias de que en huelgas a nivel de empresa, como medida de presion dentro de la negociacion colectiva (esta huelga va por otra vía), este tipo de "servicios de seguridad y mantenimiento" (aunque no se trate de los "servicios mínimos" en el sentido ya comentado), existe un comité de huelga, o el propio comité de empresa, con el que acordar cómo se van a prestar.  Pero en este caso,huelga general, ¿quien es el interlocutor?

En  fin, que tengo claro que no estamos hablando de "servicios minimos" en sentido propio (y, por tanto, sin su especial protección), pero, algo puede tratar de definirse en el sentiudo apuntado, ¿no? (es decir, asegurarse de que un determinado número de trabajadores podrán  garantizar esas funciones o actividades críticas).
En este sentido, y repito, al tratarse de una huelga general, no necesariamente planteada por los comités, secciones sindicales o el colectivo de trabajadores de cada empresa, ¿que papel creéis que pueden jugar comités de empresa, delgados de personal, sindicales, etc, ?

Es que lo de organizarse con  tiempo, pero sin saber hasta el mismo dia a quien vas a tener y a quien no... es que no lo acabo de ver. Sin discutir las afirmaciones realizadas en las intervenciones anteriores en este mismo post, tienen que haber algún tipo de matices, ¿no? (insisto, estoy preguntando, no afirmando).

Saludos




 
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