Buenas tardes, tengo un trabajador que ha empezado este mes a trabajar, desempeñando 4 J.R., y el 19/11 tiene baja médica, por enfermedad común. Quiero saber si, el abono y cotización de la IT, es por las jornadas previstas o por todos los días de la baja médica (hasta del 15º, ya que a partir del 16º se encarga de abonárselo el INSS).
Aquí he leído y me han comentado varias cosas:
1. Dentro de los tres primeros días de baja, tengo que indicar como previsto el de la baja, y hasta el 15º día, indicar si hubieran previstas más jornadas reales. En este caso, abona prestación y cotiza sólo por aquellas previstas, adicional también el complemento del 25% SMI.
2. Se cotizan todos los días de la baja médica, sin diferenciar entre previstas y no previstas.
Me tiene la cabeza hecha un lío... ¿alguna opinión? Gracias!!
Aquí he leído y me han comentado varias cosas:
1. Dentro de los tres primeros días de baja, tengo que indicar como previsto el de la baja, y hasta el 15º día, indicar si hubieran previstas más jornadas reales. En este caso, abona prestación y cotiza sólo por aquellas previstas, adicional también el complemento del 25% SMI.
2. Se cotizan todos los días de la baja médica, sin diferenciar entre previstas y no previstas.
Me tiene la cabeza hecha un lío... ¿alguna opinión? Gracias!!