IDEAS

NOEMI

Miembro conocido
Buenas!!

Empresa que (se lo hemos avisado muchisimas veces) paga en nomina cantidades que suelen ser horas o sabados, domingos..
Muchisimas veces le hemos avisado, que esto no se puede hacer así, les incluye de golpe cantidades que a veces son majillas.
El mes pasado a un trabajador se le han abonado 700 euros de mas, pues casualidad este mes coge la baja médica , problema:
1.- el convenio complementa al 100% de la BR
2.- Por esto os pido consejo, ¿es posible que la mutua nos requiera para ver de donde salen estos 700 euros? siempre cobra una nomina igual y casualidad el mes pasado se incrementa con 700 euros...
 

Caslaboral

Miembro conocido
Si esta bien hecho no veo porque no puedes poner en nomina esos sabados, domingos o horas. Entiendo que va todo como "incentivo" o similar porque no se paga correctamente segun convenio o se hacen muchas mas horas de las que se deberi no?

En tal caso, si, tanto INSS como mutua os pueden llamar a la puerta. Incluso ITSS.
 

NOEMI

Miembro conocido
Si esta bien hecho no veo porque no puedes poner en nomina esos sabados, domingos o horas. Entiendo que va todo como "incentivo" o similar porque no se paga correctamente segun convenio o se hacen muchas mas horas de las que se deberi no?

En tal caso, si, tanto INSS como mutua os pueden llamar a la puerta. Incluso ITSS.
Si esta bien hecho no veo porque no puedes poner en nomina esos sabados, domingos o horas. Entiendo que va todo como "incentivo" o similar porque no se paga correctamente segun convenio o se hacen muchas mas horas de las que se deberi no?

En tal caso, si, tanto INSS como mutua os pueden llamar a la puerta. Incluso ITSS.
bien hecho.... a buen entendedor... ya sabes...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si esta bien hecho no veo porque no puedes poner en nomina esos sabados, domingos o horas. Entiendo que va todo como "incentivo" o similar porque no se paga correctamente segun convenio o se hacen muchas mas horas de las que se deberi no?

En tal caso, si, tanto INSS como mutua os pueden llamar a la puerta. Incluso ITSS.
Bueno, si no sé si por "esos sabados, domingos o horas" nor referimos, por ejemplo a cambios respecto a la jornada habitual y, por ejemplo, con jornada de lunes a viernes se cambia trabajar un lunes por trabajar un domingo o simplemente, estando el domingo dentro de la jornada habitual o posible, se incentivan los domingos que, dentro de la jornada habitual o posible, toca trabajar, etc., pero si, como imagino (pero la consultante ya confirmará) estamos hablando de, adicionalmente a la jornada habitual, trabajamos "más horas", ya sea más horas respecto a los días habituales de jornada de trabajo, o, adicionalmente a los días de jornada habitual y que se han trabajado, trabajar días fuera de la jornada habitual (por ej sábados y domingo si corresponden a días teóricamente de descanso semanal) en este caso estaríamos ante horas extras, que si se compensan en nómina (no en descanso), deben ir como "horas extras" con sus particualridades de cotización, límites, etc, no como "incentivo".
E imagino que por ahí va la cosa y por eso "les han avisado muchisimas veces", pero, como digo, la consultante ya nos confirmará, matizará, et.
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Buenas!!

Empresa que (se lo hemos avisado muchisimas veces) paga en nomina cantidades que suelen ser horas o sabados, domingos..
Muchisimas veces le hemos avisado, que esto no se puede hacer así, les incluye de golpe cantidades que a veces son majillas.
El mes pasado a un trabajador se le han abonado 700 euros de mas, pues casualidad este mes coge la baja médica , problema:
1.- el convenio complementa al 100% de la BR
2.- Por esto os pido consejo, ¿es posible que la mutua nos requiera para ver de donde salen estos 700 euros? siempre cobra una nomina igual y casualidad el mes pasado se incrementa con 700 euros...
Y respecto a la consulta incial, efectivamente, no necesariamente, pero sí que es posible que se si observa un incremento en las bases respecto al importe habitual y justo el mes que determina la base reguladora de una prestación, pidan explicaciones, que si es todo correcto, no debe preocuparnos, pero, de ser el caso, si en lugar de haber tratado esos pagos como incentivo (que, aunque realmente lo fuera, también nos podrán pedir que acreditemos que se ha devengado justo ese mes) se hubieran liquidado como horas extras, no hubieran tenido impacto en la prestación.

En nuestro caso la SS si nos pide en ciertas ocasiones que justifiquemos las bases de determinados meses cuando observan lo que indico, esto es, importes superiores a los habituales en la base de cotización y justo en meses que determinan la base reguladora de prestaciones a su cargo.
 
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