IMPOSICION POR PARTE DE LA EMPRESA DE JORNADA PARTIDA

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Guest
Como trabajador de en una empresa Hostelera, a continuación describo las situaciones, problemas e inconvenientes a los que nos vemos sometidos día a día; situaciones que denunciamos y que solicitamos sean reparadas y mejoradas:

• Se pretende imponer a los trabajadores jornada partida, sin previa comunicación. La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo deberá ir precedida de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores de duración no inferior a 15 días. Durante el periodo de consultas, las partes deberán negociar de buena fe, con vistas a la consecución de un acuerdo; esto no está ocurriendo pues la jornada va a ser impuesta sin comunicaciones previas, ni acuerdos. Además, según el artículo 34.3 del Estatuto de los trabajadores entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo 12 horas,  posiblemente esto no podrá cumplirse con la jornada partida.

• Las comunicaciones de parte de la dirección son imprecisas y contradictorias, no sabiendo muchas veces el personal al final como realizar el trabajo para satisfacerlos. Como consecuencia hay represalias por parte de dirección, por culpa de no hacer ellos una buena gestión.

• Tenemos un exceso de trabajo debido a la falta de personal, teniendo que desarrollar nuestro trabajo en situaciones de gran estrés y ansiedad, y sin poder realizar muchas veces descanso para comer. Además todos los trabajadores estamos desarrollando el trabajo de varias personas.

• Hay razones para pensar que nos vayan a practicar una reducción salarial, en el plus de productividad.

• Hay personal que se encuentra trabajando sin estar dado de alta en la seguridad social.

• Además no tenemos botiquín de primeros auxilios, ni taquillas para dejar la ropa y objetos personales.

• Las condiciones higiénicas no son las más apropiadas, ya que los baños del personal se encuentran muy a menudo sucios, además de otros espacios comunes de los trabajadores.

• Falta de mantenimiento de las instalaciones y falta de material.



MI PREGUNTA ES SI LA EMPRESA PUEDE IMPONER ESTE TIPO DE JORNADA SIN PREVIO AVISO Y SIN COMUNICARLO AL COMITE DE EMPRESA. eL COMITE DE EMPRESA TAMPOCO ESTA DEACUERDO CON ESTE TIPO DE JORANDA; AUNQUE AUN NO SE A REUNIDO YA QUE  ESISSTEN DISCREPANCIAS ENTRE SUS MIEMBROS POR SER DE DIFERENTES DEPARTAMENTOS EN LOS QUE NO SE VEN AFECTADOS, Y NO QUIEREN REUNIRSE. eN FIN ESTO ES INHUMANO Y NO PODEMOS MAS. nO SABEMOS QUE HACER. SI ALGUIEN NOS PUEDE AYUDAR.... MUCHAS GRACIAS.
 

CHARO

Miembro conocido
Creó que deberías empezar por hacer la denuncia a Inspecchttp://www.mtin.es/ITSS/web/Atencion_al_Ciudadano/Descarga_de_Formularios/index.htmlión de Trabajo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Y podéis impugnar las modificaciones, tanto colectivamente (mediante comité), como individualmente.
 
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