Hola ,compañeros, cuando hacéis el impuesto de sociedades en el apartado de limitación de gastos financieros,
si por ejemplo el gasto financiero ha sido 2000€ lo ponéis en la casilla 1256 o no lo ponéis al ser una cantidad baja y
se puede deducir sin más , sin hacerlo constar.
Es que siempre si lo pongo, también me hace poner la cantidad en importes pendientes y la verdad que me da muchos errores a la hora
de transpasarlo.En cambio si no pongo nada en la casilla 1256 lo mando sin problemas
Si fueran gastos financierios muy altos pues igual lo pondría pero por esas cantidades.
¿Cómo lo véis vosotros? ¿Que soléis hacer ?
Gracias.
si por ejemplo el gasto financiero ha sido 2000€ lo ponéis en la casilla 1256 o no lo ponéis al ser una cantidad baja y
se puede deducir sin más , sin hacerlo constar.
Es que siempre si lo pongo, también me hace poner la cantidad en importes pendientes y la verdad que me da muchos errores a la hora
de transpasarlo.En cambio si no pongo nada en la casilla 1256 lo mando sin problemas
Si fueran gastos financierios muy altos pues igual lo pondría pero por esas cantidades.
¿Cómo lo véis vosotros? ¿Que soléis hacer ?
Gracias.