Buenos días compañeros.
Convenio colectivo que entra en vigor el 1/1/24.
Posteriormente es impugnado ante TSJ.
¿Dicha impugnacion implica que deje de aplicarse lo que entró en vigor el 1/1/24?
Me refiero a nuevos salarios, nuevos complementos que se creen, etc.
Gracias por adelantado, saludos.
Convenio colectivo que entra en vigor el 1/1/24.
Posteriormente es impugnado ante TSJ.
¿Dicha impugnacion implica que deje de aplicarse lo que entró en vigor el 1/1/24?
Me refiero a nuevos salarios, nuevos complementos que se creen, etc.
Gracias por adelantado, saludos.