Impuntualidad que se recupera posteriormente

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Un trabajador llega tarde al centro de trabajo de manera habitual, por lo que en el reloj de fichaje queda registrado el registro
La empresa es instaladora de aires acondicionados, por lo que su retraso provoca que el resto de compañeros deban esperar a que llegue para poder salir a realizar instalaciones
El trabajador recupera el tiempo perdido al final de la jornada, por lo que presta servicios las 40 horas semanales pactadas
¿Se podría establecer una amonestación por escrito (según el convenio es posible) aunque recupere posteriormente el tiempo retrasado?
Gracias
 

toni

Miembro conocido
Entiendo que una amonestacion escrita seria procedente en este caso, pues a parte de "fastidiar" a los compañeros, esos retrasos tambien perjudican a los clientes. Nada tiene que ver que recupere a posteriori el tiempo perdido.

Ademas, segun el 54.a del ET puede incluso ser motivo de despido disciplinario:

a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
 

Darmody

Miembro activo
Coincido. El hecho de que recupere el tiempo le sirve para no tener que descontárselo de la nómina, pero como dice Toni, las faltas de puntualidad son sancionables. Yo una carta de amonestación a modo de advertencia la veo bien.
 
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