Incapacidad permanente y alta en nuevo trabajo

Elena-Z

Miembro activo
Buenos días a tod@s.

Vaya por delante que tengo clarísimo lo que haría yo, pero debo de ser poco convincente.

Me llama un cliente, que iba a dar de alta a un trabajador y se entera de que está cobrando una pensión de incapacidad permanente por una lesión que se hizo trabajando hace unos años en otra empresa.
Va el trabajador y le dice que ya ha estado con su gestor "a paralizarla" y que nada, que le han dicho que si no hace trabajos que le perjudiquen que adelante a trabajar.

A mi esto como comprendereis me suena al timo de la estampita. Le digo al empresario que le pida pruebas de que este trabajo es compatible con la incapacidad permanente (cosa que dudo, ya sin saber cual fue el motivo de la incapacidad) y ya sabeis... "como le voy a pedir eso"... "comprende, parece que desconfío"...

Y me salta: a ver, que me he enterado de casualidad, si no me entero le damos de alta y sin problemas.

Y claro, razón en esto no le falta... hasta que tenga una baja, o un accidente, o un "algo". ¿De qué manera podría esto salpicar a mi cliente, si él no supiera nada? (Aparte de que le coja una baja de estas largas largas que tan felices nos hacen a todos... 🤮)
 

toni

Miembro conocido
Se puede trabajar con una incapacidad permanente total si el trabajo desempeñado es compatible con las afecciones por las cuales se otorgó la pensión. Además, no hay un tope de horas, es decir, con una incapacidad total puedes desarrollar paralelamente un empleo incluso a jornada completa. Lo importante es que las funciones a llevar a cabo en ese nuevo empleo no estén relacionadas con la ‘profesión habitual’ para la que se asignó la incapacidad.
 

Elena-Z

Miembro activo
¿Y no hay que comunicar nada al INSS?
¿O que el INSS te autorice?

QUe a mi el trabajador no me preocupa, ya es mayorcito... el que me preocupa es el empresario. Más porque tengo la casi-certeza que los trabajos seguro que son incompatibles. Y eso que no sé el motivo de la incapacidad...
 

africallora

Miembro conocido
Entiendo que el trabajador debe comnunicárselo al INSS, para que este lo autorice, o cuando menos, que le diga que es compatible con su ITP.

Y al trabajador, mandarle hacer un reconocimiento en SPA (apto/no apto/apto con limitaciones) para saber si puede desempeñar el puesto que se le ofrece.
 

toni

Miembro conocido
Hace años que no se me da el caso, pero tirando de memoria recuerdo que antes, cuando se podia ir a las administraciones, SI que lo comunicabamos al INSS..

De todas maneras, ante las dudas "aprieta al empresario" por lo que pueda pasar, no sea cosa que le corten la pension y "la culpa siempre va a ser tuya"
 

toni

Miembro conocido
Entiendo que el trabajador debe comnunicárselo al INSS, para que este lo autorice, o cuando menos, que le diga que es compatible con su ITP.

Y al trabajador, mandarle hacer un reconocimiento en SPA (apto/no apto/apto con limitaciones) para saber si puede desempeñar el puesto que se le ofrece.
Si, pero no ;), el INSS no le va a autorizar a trabajar o no, el INSS se limitara, si lo hace, a decirle si es imcompatible o no y estara con la tijera esperando el alta...
 

africallora

Miembro conocido
Bueno, lo del INSS era por hacer de Hada buena con el trabajador. Yo conocí un caso de un trabajador al que se le reconoció una IPA y se la quitaron porque hizo una carrera con prácticas (Veterinaria). Las prácticas eran incompatibles con su ABSOLUTA. Se las gastan así. Tal cual. Tienen malas pulgas. Pero esto es solo responsablilidad del trabajador. 'Es mayorcito...'

En cuanto a la empresa, yo le mandaba de cabeza a hacerle un reconocimiento en SPA y que me digan si su condición de salud le permite trabajar en el puesto que le ofrezco. Y con lo que me digan, sigo o no adelante. Me cubro y ya está.
 

Elena-Z

Miembro activo
Si, lo del reconocimiento médico también se lo dije... veremos.
Porque ahora mismo me toca ser la mala que pongo pegas a todo.
Veréis si surge cualquier problema...
 

fundación

Miembro conocido
Indícale que entra en juego el art. 25 de la LPRL para trabajadores especialmente sensibles, y es el SPA quien tiene mucho que decir en el caso, no tu servicio de gestión sociolaboral.
 

ana98va

Miembro
Buenas noches,

Trabajador que se le reconoce IPA, y ahora tras una revisión le cambian a IPT, entiendo que podría desempeñar un trabajo compatible con sus limitaciones, para ello debe ir al SPA y tras la comunicación que reciba, comunicárselo al INSS? La pensión se le ve reducida en algún porcentaje por desempeñar un trabajo?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Debe comunicar al INSS que va a trabajar, dado datos de su actividad. En cuanto a la pensión. si el trabajador no es mayor de 55 años, la pensión de IPT no se reduce (55% de la base).
 
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