Canariogran
Miembro
Buenas tardes,
Tenemos unas trabajadora en situación de IT que hace los 545 días el próximo 10 de febrero. Tenemos claro que pueden darle el alta, pueden iniciar un procedimiento de incapacidad permanente o ella puede impugnar el alta médica...
La está sustituyendo otra empleada con contrato de interinidad y es aquí donde me surgen las dudas. Tengo claro que si le dan de alta de IT y se reincorpora, finaliza el contrato de interinidad. Pero los otros dos casos no los tengo claro..
¿Qué ocurre con el contrato de interinidad si se inicia el procedimiento de incapacidad permanente?
¿Qué ocurre con el contrato de interinidad si impugna el alta médica?
También tengo claro que; si impugna el alta o se inicia el procedimiento de incapacidad permanente no existe obligación de cotizar de la empresa, por lo que habría que darle de baja en seguridad social por agotamiento de it.
Gracias y saludos.
Tenemos unas trabajadora en situación de IT que hace los 545 días el próximo 10 de febrero. Tenemos claro que pueden darle el alta, pueden iniciar un procedimiento de incapacidad permanente o ella puede impugnar el alta médica...
La está sustituyendo otra empleada con contrato de interinidad y es aquí donde me surgen las dudas. Tengo claro que si le dan de alta de IT y se reincorpora, finaliza el contrato de interinidad. Pero los otros dos casos no los tengo claro..
¿Qué ocurre con el contrato de interinidad si se inicia el procedimiento de incapacidad permanente?
¿Qué ocurre con el contrato de interinidad si impugna el alta médica?
También tengo claro que; si impugna el alta o se inicia el procedimiento de incapacidad permanente no existe obligación de cotizar de la empresa, por lo que habría que darle de baja en seguridad social por agotamiento de it.
Gracias y saludos.