INCAPACIDAD TEMPORAL / COMPLEMENTO CONVENIO

Clo

Nuevo miembro
Hola,
He estado revisando vuestras aportaciones sobre este tema, pero igual tengo dudas.
Persona a la que le deniegan i.t. por no tener carencia.
1.-Esta persona es alemana y ha estado trabajando en su país antes de venir aquí. Sabéis si hay algún convenio bilateral/comunitario que permitiera tener en cuenta las cotizaciones hechas en Alemania?
2.-El convenio colectivo aplicable (agencias de viajes estatal), en el art. 37 establece complemento hasta el 100% del salario real A PARTIR DEL DÍA QUE TENGA DERECHO A DICHAS PRESTACIONES ECONÓMICAS.
He leido algunas aportaciones de Raquel dónde quedaba de manifiesto que si el trabajador no tenía derecho a it, igual la empresa tenía que pagar el complemento. Igual esto se supone que será según la redacción del convenio, y por lo que se dice en esto, entiendo que este pobre hombre no tiene derecho a percibir prestación de la s.s. ni a percibir el complemento por parte de la empresa. ¿Lo interpretáis igual?
La empresa le ha estado pagando, por lo que supongo que le podría reclamar el dinero,...
Gracias y saludos,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Depende de lo que diga el convenio. Pero yo entiendo que si se habla de complementar el subsidio, no se tiene derecho.
 

Raquel GR

Miembro activo
Opino igual, el convenio en este caso habla de cuando se tenga derecho a las prestaciones económicas.

Ahora mismo Clo, no sé dentro de que contexto dije eso, sí que recuerdo una vez que puse un fragmento de una sentencia que lo daba, pero también iba referido a un redactado de un convenio en particular.

Siempre hay que estar a lo que marque el convenio.

Saludos.
 
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