Incluir parte proporcional vacaciones en nómina

laboral consultas

Miembro activo
Hola,
Tenemos una empresa con trabajadores fijos discontinuos porque la actividad de la empresa es por ciclos indeterminados.
A la empresa y trabajadores les interesa incluir las vacaciones mensualmente en la nómina, lo veis viable? se pueden prorratear a sabiendas que no estarán todo el año y que se hacen los llamamientos en función de las necesidades?
Gracias!
 

Aslasa

Miembro
Yo así lo hago y sin problemas, en temporales también incluyo la indemnización, pues es una empresa en particular que tiene alta rotación y van a un bruto diario acordado
 

Argi

Miembro conocido
Aquí yo veo la "trampilla" de que sean llamamientos varios a lo lago el año y se pretenda que entre ellos cobre el mayor tiempo de desempleo posible: si no "disfruta" vacaciones pues al día siguiente de darle de baja, puede pedir la prestación de desempleo.
 

laboral consultas

Miembro activo
Yo así lo hago y sin problemas, en temporales también incluyo la indemnización, pues es una empresa en particular que tiene alta rotación y van a un bruto diario acordado
y al tramitar el certificado de empresa la parte proporcional de vacaciones se tiene en cuenta? es decir, se incluye en su base de cotización. Está claro que cotiza pero mi duda surge si para el desempleo esta parte proporcional de vacaciones "sube" su prestación o se ha de desglosar?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Esta situación ya se aclaró en el BNR 6/2018, para evitar lo que comenta @Argi de la trampilla, un aumento significativo en la base de cotización con un correlativo aumento de los días de derecho a prestación (más días de paro y de mayor cuantía....)

"VACACIONES DEVENGADAS Y NO DISFRUTADAS ANTES DE LA FINALIZACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL, QUE HAN SIDO RETRIBUIDAS Y COTIZADAS A LO LARGO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO

La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha establecido, en relación a las vacaciones devengadas y no disfrutadas antes de la finalización de la relación laboral, que han sido retribuidas y cotizadas a lo largo de la vigencia del contrato de trabajo, que durante el período de disfrute de vacaciones posteriores a la finalización del contrato de trabajo, cuando no se perciba remuneración ni proceda ingreso de cuotas por haberse prorrateado tal retribución y la cotización correspondiente a la misma durante los meses de duración del contrato laboral, procederá mantener al trabajador en situación asimilada a la de alta conforme a lo establecido en el artículo 156.2 de la Ley General de la Seguridad Social.

Con el objeto de que se pueda dar cumplimiento a lo indicado anteriormente se ha creado la situación adicional 015. La nueva situación adicional sólo se podrá anotar a través del servicio específico “Situaciones Adicionales de Afiliación”, en el servicio on line, y a través de las acciones ASA, MSA, ESA en remesas."
 

laboral consultas

Miembro activo
Disculpad la ignorancia porque no me había encontrado con el caso. Entiendo que entonces una vez tramitada su baja he de crear la situación adicional 015 (por los días de vacaciones que le corresponden y que ya se le han pagado prorrateados en sus nóminas) para mantenerlo de alta durante esos días pero entiendo que esos días ya no se cotizan porque ya se ha cotizado por esas vacaciones prorrateadas?... entro en un bucle... gracias!!!!!
 

Argi

Miembro conocido
Disculpad la ignorancia porque no me había encontrado con el caso. Entiendo que entonces una vez tramitada su baja he de crear la situación adicional 015 (por los días de vacaciones que le corresponden y que ya se le han pagado prorrateados en sus nóminas) para mantenerlo de alta durante esos días pero entiendo que esos días ya no se cotizan porque ya se ha cotizado por esas vacaciones prorrateadas?... entro en un bucle... gracias!!!!!

Gracias Cachilipox. Entiendo que se comunica como asimilado al alta pero sin cotización por ello.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Disculpad la ignorancia porque no me había encontrado con el caso. Entiendo que entonces una vez tramitada su baja he de crear la situación adicional 015 (por los días de vacaciones que le corresponden y que ya se le han pagado prorrateados en sus nóminas) para mantenerlo de alta durante esos días pero entiendo que esos días ya no se cotizan porque ya se ha cotizado por esas vacaciones prorrateadas?... entro en un bucle... gracias!!!!!
Viene a ser algo similar a lo de las vacaciones devengadas pero NO disfrutadas, solo que sin L13, ya que sí fueron efectivamente cotizadas durante la vigencia del contrato.
Pero hay que informar de esa SAA, para que corran los días pertinentes como "sin derecho a prestación", pues corresponden al efectivo disfrute de vacaciones (que ya fueron cobradas y cotizadas anticipadamente).
 

laboral consultas

Miembro activo
Viene a ser algo similar a lo de las vacaciones devengadas pero NO disfrutadas, solo que sin L13, ya que sí fueron efectivamente cotizadas durante la vigencia del contrato.
Pero hay que informar de esa SAA, para que corran los días pertinentes como "sin derecho a prestación", pues corresponden al efectivo disfrute de vacaciones (que ya fueron cobradas y cotizadas anticipadamente).
gracias !!!
 

laboral consultas

Miembro activo
Yo así lo hago y sin problemas, en temporales también incluyo la indemnización, pues es una empresa en particular que tiene alta rotación y van a un bruto diario acordado
Nunca te ha supuesto problema con la seguridad social/ inspección? tramitas las vacaciones con la situación adicional 015 sin problemas? y los cras? gracias!!! nunca he prorrateado vacaciones en las nóminas y todo son dudas...
 

Aslasa

Miembro
No, la verdad que mando todos los meses los CRAs y he acudido a Inspecciones con esas nóminas y cero problema.
 

AlbaT

Miembro
Buenos días,

tengo una duda respecto a la cotizacion de las vacaciones generadas y no disfrutadas.

Tengo un trabajador que ha generado 4 dias de vacaciones "laborales" y no los ha disfrutado y le han despedido. Pero luego, a la hora de hacer su cotizacion por esos dias, el programa nos dice que tiene que cotizar 6 dias "naturales".. alguien puede explicarme como hace esa conversión de los cuatro dias laborales a los 6 naturales a efectos de cotizacion?

Muchisimas gracias de ante mano :)
 

fundación

Miembro conocido
Por regla de tres, por ejemplo que 5 días laborales de vacaciones se convierten en 7 naturales, se hace la conversión según esa base.
 
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