Buenos dias:
Os expongo un caso a ver qué opinais:
Dos unicos socios y administradores de una sociedad. Cumplen la edad de jubilación en el mismo mes. Están casados en régimen de gananciales. Cuando se jubilen, ¿pueden nombrar como administradoras a sus esposas sin tener que hacer una compra-venta de acciones? la idea es que sean ellas administradoras, para no tener que meter a nadie ajeno en la empresa, con la consecuente alta de autonomos, que por cierto¿podrían en caso de no tener que ser accionistas?.
No sé si el caso ha quedado expuesto con claridad
Gracias
Os expongo un caso a ver qué opinais:
Dos unicos socios y administradores de una sociedad. Cumplen la edad de jubilación en el mismo mes. Están casados en régimen de gananciales. Cuando se jubilen, ¿pueden nombrar como administradoras a sus esposas sin tener que hacer una compra-venta de acciones? la idea es que sean ellas administradoras, para no tener que meter a nadie ajeno en la empresa, con la consecuente alta de autonomos, que por cierto¿podrían en caso de no tener que ser accionistas?.
No sé si el caso ha quedado expuesto con claridad
Gracias