INCREMENTO SALARIAL ANTIGUEDAD - CONVENIO INDUSTRIA QUÍMICA

DAD

Nuevo miembro
Hola a todos,

El convenio estatal de Industria Química me trae loco, el caso es que según el Art. 38 "cláusula de garantía salarial" no aplicaría la revisión a la antigüedad:

"Esta misma revisión salarial se aplicará a las tablas de SMG de los artículos 32 y 47.6, plus de turnicidad y plus de festivo del artículo 44.7, pluses del artículo 40 y dietas del artículo 28.4."

Pero si nos vamos al art. 39 que es el de Antigüedad, dice lo siguiente:

"El plus de antigüedad para las personas trabajadoras afectadas por el presente Convenio quedará congelado en su base de cálculo actual, siguiendo su natural evolución los trienios, quinquenios y otros modelos vigentes en el sector."

...


"No obstante, la congelación de las bases de cálculo de la antigüedad, las cuantías percibidas por dicho concepto forman parte de la Masa Salarial Bruta depurada, a la que es de aplicación el incremento salarial pactado, debiéndose proceder para su distribución tal y como señala el artículo 33. Lo anterior implica que, si bien puede permanecer inalterada la cuantía percibida por el concepto de antigüedad, el incremento que a él correspondería por formar parte de la Masa Salarial Bruta, debe repercutir en un mayor incremento del resto de conceptos según el reparto que a estos efectos se establezca."

Qué entendéis? Se actualiza o no?
 

Alexia

Miembro activo
Hola a todos,

El convenio estatal de Industria Química me trae loco, el caso es que según el Art. 38 "cláusula de garantía salarial" no aplicaría la revisión a la antigüedad:

"Esta misma revisión salarial se aplicará a las tablas de SMG de los artículos 32 y 47.6, plus de turnicidad y plus de festivo del artículo 44.7, pluses del artículo 40 y dietas del artículo 28.4."

Pero si nos vamos al art. 39 que es el de Antigüedad, dice lo siguiente:

"El plus de antigüedad para las personas trabajadoras afectadas por el presente Convenio quedará congelado en su base de cálculo actual, siguiendo su natural evolución los trienios, quinquenios y otros modelos vigentes en el sector."

...


"No obstante, la congelación de las bases de cálculo de la antigüedad, las cuantías percibidas por dicho concepto forman parte de la Masa Salarial Bruta depurada, a la que es de aplicación el incremento salarial pactado, debiéndose proceder para su distribución tal y como señala el artículo 33. Lo anterior implica que, si bien puede permanecer inalterada la cuantía percibida por el concepto de antigüedad, el incremento que a él correspondería por formar parte de la Masa Salarial Bruta, debe repercutir en un mayor incremento del resto de conceptos según el reparto que a estos efectos se establezca."

Qué entendéis? Se actualiza o no?
Yo entiendo que la antigüedad no se toca, se actualiza pero de forma indirecta mediante un mayor incremento de los otros conceptos salariales (que entiendo estarán teniendo en cuenta en tablas).
¿Estáis haciendo actualización de salarios para el año 2024? Yo estoy esperando a que salga la revisión salarial, por el momento continúo con tablas del 2023
 

DAD

Nuevo miembro
Yo entiendo que la antigüedad no se toca, se actualiza pero de forma indirecta mediante un mayor incremento de los otros conceptos salariales (que entiendo estarán teniendo en cuenta en tablas).
¿Estáis haciendo actualización de salarios para el año 2024? Yo estoy esperando a que salga la revisión salarial, por el momento continúo con tablas del 2023
Hola Alexia, perdona, se me pasó tu respuesta. Muchas gracias por contestar.

Si, aplicamos por nuestros cálculos desde enero, y ha coincidido con la publicación de tablas: https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/16/pdfs/BOE-A-2024-3008.pdf

Lo de la antigüedad sigo con mis dudas... Si no actualizo el importe de antigüedad no estaría respetando la coletilla de "debe repercutir en un mayor incremento del resto de conceptos según el reparto que a estos efectos se establezca" ya que no se ha aumentado en ningún otro concepto, ¿cómo lo ves tú?.
 

Alexia

Miembro activo
Pues la verdad no he incrementado nada pero ahora me quedo dándole vueltas también. Tengo un contacto de la comisión paritaria, haré una consulta y a ver si contestan... si me contestan copio por aquí
 

Petrus

Miembro conocido
Yo lo que he hecho es mantener la antigüedad igual, pero como forma parte de la Masa Salarial Bruta, calculo un 10,3% a esa antigüedad y ese excedente lo incluyo en Plus Convenio, al final es garantizarle una subida del 10,3% por casi todos los conceptos que cobra el trabajador.
 

DAD

Nuevo miembro
Yo lo que he hecho es mantener la antigüedad igual, pero como forma parte de la Masa Salarial Bruta, calculo un 10,3% a esa antigüedad y ese excedente lo incluyo en Plus Convenio, al final es garantizarle una subida del 10,3% por casi todos los conceptos que cobra el trabajador.
Gracias por el aporte, me parece lo más sensato...
 
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