INDEMNIZACIÓN POR FIN CONTRATO COTIZA?

Clo

Nuevo miembro
Hola,
No se si habéis hablado de este tema,... últimamente estoy un poco perdida,...
¿Entendéis que las ind. x fin contrato cotizan a partir de ahora? (además de tributar, como siempre)
Es que no se interpretar el rdl16/2013:
DA3:
c) quedan exentas las ind. x fallecimiento, traslados, suspensiones y despidos
Aquí no está incluida la ind. x fin contrato, por lo que entiendo que cotiza. Pero unos párrafos después dice q las ind. x despido O CESE del trabajador estarán exentas en la cuantía obligatoria x el ET. Lo de "cese" podría referirse a fin contrato temporal? Y estarían exentas hasta los 11 días, importe de la ind. estipulado como obligatorio en el e.t. para los contratos celebrados este año?
 

calamog

Miembro
A mi entender NO. Porque si lo hiciera habría que prorrogatear en varios meses puesto que la indem. corresponde por todo el periodo del contrato.

saludos.
 
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