Indemnización convenio

CC2019

Miembro activo
Buenos días.

Un trabajador reclama indemnización tras haber obtenido incapacidad permanente total derivada de enfermedad común.

El convenio al que alude sería el de fabricación de alimentos compuestos para animales, que establece indemnizaciones para los casos de 1) Accidente no laboral; 2) Accidente Laboral; 3) Enfermedad profesional.

Yo entiendo que no estaría cubierto, pero en todo caso y para conocer otras opiniones, ¿podría equipararse la enfermedad común al accidente no laboral y tener derecho a indemnizacion?
 

CC2019

Miembro activo
Pues no, el convenio es claro.
Es lo que yo pienso, aparte que la petición es de mala fe absoluta, dado que el trabajador sabe que no es el convenio de aplicación en la empresa (que por cierto tampoco establece indemnización para ésta contingencia), pero claro, en éste se prevé una mayor indemnización...

Lo que pasa es que ya dudo porque en éste país como bien se sabe todo disparate tiene su asiento y todo tonto su argumento (y para colmo se le escucha).
 

Cachilipox

Miembro conocido
Cuando te llegan los partes de baja IT, salen varias casillas: Enfermedad común (EC), Accidente no laboral (ANL), Accidente de trabajo (AT) y Enfermedad profesional (EP).
Ese convenio cubre y protege 3 de las 4 posibilidades.
Enfermedad común, haya derivado en IP o haya sido finalmente una IT con recuperación no están comprendidas.
El convenio no asimila lo que médicamente es distinto.
El convenio no protege la consecuencia (la IP), sino que cubre y complementa según la causa.
 
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