indemnización despido improcedente

laboris

Miembro
A ver si podéis ayudarme con esta duda que me surge.

Cuando se llega a un acuerdo en SMAC y la empresa reconoce la improcedencia del despido ¿se le entrega al trabajador la indemnización sin retención de Hacienda? ¿O se hace dicha retención por parte de la empresa y después el trabajador cuando hace su renta, reclama la retención aplicada por la empresa?

Muchas gracias de antemano.

 

Sergei

Miembro conocido
Cuando hay SMAC nunca he aplicado retención a la indemnización.
Si retienes después no sé como indicarás esa situación en el 190... Percepción exenta y practicar retención?
 

Nana

Miembro conocido
La indemnización acordada en SMAC es exenta, vamos, si pactas 10.000€ son limpios para el currela

Si has hecho el despido y has aplicado retención, y luego has ido a SMAC, se convierte en exenta, por lo que tendrás dos vias:

- si no has presentado el trimestre, rectifica y elimina la retención
- si se ha presentado el trimestre, escrito explicativo a AEAT reclamando esa retención pagada y retenida al trabajador , aportando acuerdo en el SMAC

Salvo mejor opinión
 

Fedayn

Miembro
Nana dijo:
La indemnización acordada en SMAC es exenta, vamos, si pactas 10.000€ son limpios para el currela

Si has hecho el despido y has aplicado retención, y luego has ido a SMAC, se convierte en exenta, por lo que tendrás dos vias:

- si no has presentado el trimestre, rectifica y elimina la retención
- si se ha presentado el trimestre, escrito explicativo a AEAT reclamando esa retención pagada y retenida al trabajador , aportando acuerdo en el SMAC

Salvo mejor opinión

+1

Y como renta exenta en el 190 va con la clave L, subclave 05
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Todo correcto. Solo matizar que hay que tener en cuenta que existen unos límites a la exención (incluso aunque la indemnización no sea superior a la que corresponda por despido improcedente).
En esos casos, y de tener el trabajador más de un año de antigüedad, sobre ese exceso de aplicará la reducción propia de los rendimientos de devengo irregular o superior al año.

Saludos
 
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