Buenas tardes.
Me surge una duda. A la hora de tramitar un despido objetivo por causas económicas, si la empresa no tiene liquidez para afrontar el pago de la indemnización, y el trabajar va a tener que reclamarla vía FOGASA,
¿Ponéis el importe de la indemnización en la nómina? ¿O hacéis simplemente referencia al mismo en la carta de despido?
Me surge una duda. A la hora de tramitar un despido objetivo por causas económicas, si la empresa no tiene liquidez para afrontar el pago de la indemnización, y el trabajar va a tener que reclamarla vía FOGASA,
¿Ponéis el importe de la indemnización en la nómina? ¿O hacéis simplemente referencia al mismo en la carta de despido?