Indemnización despido

Alfonso

Nuevo miembro
Buenas tardes:
Si se despide a un trabajador el día 22 de mayo de 2013 y se acepta que el despido es improcedente en conciliación, como se calcularía la indemnización de ese trabajador si hasta el dia 7 de mayo estaba percibiendo un salario de 277,12 y a partir de esa fecha por una modificacion sustancial a través del art. 41 pasa a cobrar 133,80 euros mensuales todo ello con las pagas prorrateadas. La ley dice que se ha de tomar como salario el que perciba en el momento del despido pero, en este caso, tengo mis dudas.

Gracias
 

Mr. White

Miembro activo
Salario en el momento del despido.

Y si ha habido variables en los 12 últimos meses también los metes a efectos del salario regulador.

 
Arriba