De nuevo aquí. Un trabajador se va a acoger a la jubilación especial a los 64 años, y el convenio colectivo establece que aquellos trabajadores que hayan cotizado antes del 01/01/67 (es el caso)y que decidan voluntariamente jubilarse entre los 60 y 65 (tambien es el caso)la empresa le abonará en cocepto de indemnización por jubilación ........ en este caso una cantidad igual a lo ganado en los 3 ultimos meses. He estado mirando con el buscador y
- ¿deberia haber estado exteriorizado con una compañia de seguros? Si la respuesta es sí, la empresa no lo tiene
- Si la respuesta es no, al tratarse de una indemnización, ¿cotizaria? Entiendo que no ¿tributaría? No lo se.
Graciassss por todo
- ¿deberia haber estado exteriorizado con una compañia de seguros? Si la respuesta es sí, la empresa no lo tiene
- Si la respuesta es no, al tratarse de una indemnización, ¿cotizaria? Entiendo que no ¿tributaría? No lo se.
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