Indemnizacion despido en pago directo IT

MARTALCAB

Miembro activo
No tengo claro esto, para el calculo de los dias a indemnizar, se tiene en cuenta los dias que en trabajador estuvo en pago directo de la IT?. A los 18 meses pasa a pago directo y luego le dan el alta, empieza a trabajar y se le despide a los dos meses (mejor dicho forzó el despido), tengo en cuenta para el calculo esos dias?
 

MARTALCAB

Miembro activo
Me contesto yo misma:

El Tribunal Supremo en su Sentencia N.º 3104/2022 de fecha 7 de julio de 2022, en unificación de doctrina, ha determinado que, para el cálculo de la indemnización por despido cuando la persona trabajadora se encuentra en situación de suspensión del contrato de trabajo (ERTE o Incapacidad Temporal), no se deben incluir dichos periodos.
 

Eric Arthur Blair

Miembro activo
Por un lado tienes el número de días a indemnizar que para calcularlo tomarás la fecha de antigüedad del trabajador (omitiendo posibles periodos en situación de excedencia), interpreto que la sentencia no se mete en esto y creo que esa era tu pregunta. Por otro lado, tienes el importe/día a indemnizar, y es ahí donde se mete la sentencia, diciendo que del periodo de 12 meses anteriores al despido para el calculo del importe/día, debes omitir aquellos periodos de ERTE/IT. Salvo mejor interpretación. Indemnización = Número de días a indemnizar x importe/día a indeminzar

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MARTALCAB

Miembro activo
Por un lado tienes el número de días a indemnizar que para calcularlo tomarás la fecha de antigüedad del trabajador (omitiendo posibles periodos en situación de excedencia), interpreto que la sentencia no se mete en esto y creo que esa era tu pregunta. Por otro lado, tienes el importe/día a indemnizar, y es ahí donde se mete la sentencia, diciendo que del periodo de 12 meses anteriores al despido para el calculo del importe/día, debes omitir aquellos periodos de ERTE/IT. Salvo mejor interpretación. Indemnización = Número de días a indemnizar x importe/día a indeminzar

Artículo sobre el asunto
Si, si lo entiendo asi tambien, que se refiere a importes, no dias, pero voy a hacer una interpretación personal de la sentencia, a ver que sale.
 

fundación

Miembro conocido
El contrato está suspendido tras los 545 días porque cesa la obligación de cotizar, pero sigue devengando vacaciones y antigüedad.
 
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