INDEMNIZACION FIN CONTRATO.

RAMONTXU

Nuevo miembro
Si una empresa con centros de trabajo en varias provincias, ha tenido contratados a varios trabajadores con diversos contratos de obra en esas provincias con diferentes códigos de cuenta de cotización y ahora, puesto que ya exceden el tiempo máximo permitido para contratación temporal quiere hacerlos infefinidos en el ccc principal, puesto que no se puede hacer transformación a indefinido ya que son ccc diferentes, tengo que optar por hacer una baja y un alta como indefinido. Me puede reclamar el trabajador la indemnización fin de contrato?

Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si no extingues el contrato, no, al no habwer denuncia del mismo. Pero, si hay fin de contrato, sí que te la puede pedir.
 

RAMONTXU

Nuevo miembro
Es decir que va a tener derecho a una indemnización, pese a que se le va a hacer indefinido y en caso de despido el día de mañana tendrá derecho a la indemnización desde el primer día que entró temporal en la empresa. No me parece justo ....


Un saludo
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Ramontxu,
A mí también me parece raro...
Yo no pagaría la ind. y lo justificaría con el contrato indef. (q no se puede hacer formalmente transf. a indef., ...)
Pero claro, si te reclamaran...ya no se que podría pasar...
 

Raquel GR

Miembro activo
Hombre, yo haría un escrito al inem, indicando el cambio de ccc de los trabajadores (explicando que pasan al ccc principal) y a la vez indicando la transformación a indefinido de los mismos y sí, a efectos de tgss baja 99 en un ccc y alta normal en la principal, pero ya tienes arreglado lo de los contratos en el inem sin extinguir nada, que es lo que importa.

No extinguiría un contrato y haría otro nuevo, haría una trasnformación dentro de una misma empresa con distintos ccc, pero se trata de una transformación igualmente.
 
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