Informar embargo en nómina rendimentos irregulares

Argi

Miembro conocido
Hola
Tengo que contestar a la Aeat a una diligencia de embargos y salarios de un trabajador.
Actualmente gana por encima del SMI (1500 brutos) y es posible que siga ganando eso el próximo año, pero durante el primer semestre del año ha ganado por debajo, de tal forma que a cómputo anual va a ganar por debajo del SMI

En este supuesto, ¿qué informo? ¿qué gana por debajo del SMI y no embargar? ¿en enero si sigue ganando los 1500 informar y empezar a embargar?
 

Wastual

Miembro conocido
Compañero @Argi, para no reiterarme en exceso (el detalle es extenso) redirigirte a este otro hilo dónde ya se trató el asunto:

Como resumen, cada mes se debe establecer el límite inembargable, el cual es fijo, y para ello se considera el SMI en cómputo anual y el número de pagas y gratificaciones extraordinarias que le sean de aplicación a la persona trabajadora. Calculando este con lo que se expresa en lo que he enlazado, lo cual a su vez es consecuencia de una interpretación del TS del art. 27.3 del TRET que luego se elevó a Ley (3/2023), se respeta tal principio.

Solo cuando el líquido a percibir supere aquel (y por el motivo que sea, como puede ser la irregularidad que mencionas en ciertos devengos), y sobre dicho exceso, es cuando se debe aplicar la escala del embargo.
 

Eric Arthur Blair

Miembro activo
Informa respecto a lo que tienes hoy (salario por encima de SMI) y si en un futuro hay variaciones (reducción de jornada) que deje su salario por debajo de SMI, les remites nueva contestación a la diligencia de embargo (hay una opción para ello en la SEDE de la AEAT) con la nueva situación y chimpún catapún.
 
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