Inscripción en el REA de autónomo para la reforma de una casa

DavidGA

Miembro activo
Buenas tardes
Un autónomo sin asalariados al que le ha salido un trabajo de construcción para reformar una vivienda de un particular y que va a durar aproximadamente 2 meses, es obligatorio la inscripción en el Registro Empresas Acreditadas del sector de la construcción, si contratara a un trabajador para realizar el servicio?
Gracias
 

DavidGA

Miembro activo
Va a contratar a su primer trabajador pero va a ser simplemente para contratarlo un mes para la reforma de la vivienda de un particular
De ahí la duda de si tiene que estar inscrito en el REA con carácter previo
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Pues si no me equivoco, en mi opinión creo que no.

* Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

El presente real decreto será de aplicación a los contratos que se celebren, en régimen de subcontratación, para la ejecución de los siguientes trabajos realizados en obras de construcción: ....

*Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

Artículo 4. Requisitos exigibles a los contratistas y subcontratistas.

1. Para que una empresa pueda intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratista o subcontratista, deberá:

a) Poseer una organización productiva propia, contar con los medios materiales y personales necesarios, y utilizarlos para el desarrollo de la actividad contratada.

b) Asumir los riesgos, obligaciones y responsabilidades propias del desarrollo de la actividad empresarial.

c) Ejercer directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollado por sus trabajadores en la obra y, en el caso de los trabajadores autónomos, ejecutar el trabajo con autonomía y responsabilidad propia y fuera del ámbito de organización y dirección de la empresa que le haya contratado.


Entiendo que una casa particular no entraría dentro del régimen de subcontratación.
Es que me ha surgido la duda porque hace muchos años tuve una inspección de un fontanero, y surgió el debate de si trabajaba o no para particulares en su mayor parte.... Al final la tuvimos que inscribir porque realizaba trabajos para otras empresas. Lo que pasa que tengo la sensación de que lo del porcentaje de trabajos para particulares era lo que nos mantuvo con el inspector que si si o que si no... Pero ahora veo que en el momento que trabajas para una empresa ya tienes que estar en el REA. Bueno sea lo que sea, entiendo que si sólo es para un particular no tiene que inscribirse en el REA.
 

reb

Miembro conocido
Es obligatorio cuando tenga un trabajador por lo menos, cuando tengas que abrir que el centro de trabajo te van a solicitar el nº.
 

CHK12

Nuevo miembro
Una vez contratado el trabajador, si este tiene la formación correspondiente, ya puedes solicitar el REA
 
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