INTERINIDAD POR RIESGO DE EMBARAZO

Clo

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Hola!
Una S.L. quiere contratar para sustituir a una trabajadora de baja por riesgo de embarazo, al hermano de un socio, que no es administrador.
En la página informativa del sepe pone en exclusiones para tener derecho a las bonificaciones:
"parientes hasta 2º grado del empresario o miembro de órgano de admón."
Suponiendo que cuando dice empresario habla de persona física, entiendo que se puede bonificar el contrato. ¿Lo entendéis igual?
Gracias y saludos,
 

Clo

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Hola Fernando! Gracias por contestar.

¿Porqué entiendes que no puede tener el poder efectivo?
Redacción textual de art. 2.a) del RDL 11/98:

a) Contrataciones de interinidad que se suscriban con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive del empresario, o de aquellos que sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.

En mi caso, el socio no administrador, hermano del que se quiere contratar, tiene el 60% de las acciones. Entonces tu piensas que no será bonificable el contrato. Me puedes decir dónde puedo consultar lo que dices?
Y otra duda que me ha surgido ahora: Si no tiene derecho a bonificación el trabajador contratado, entonces no tendrá derecho a bonificación la trabajadora de baja x riesgo, no???
Gracias y saludos
 

Clo

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Acabo de hablar con tgss y me dicen que sí es bonificable "mientras se demuestre ajeneidad"...
Pero no me quedo tranquila hasta que no me conteste Fernando!!!
Porque en el caso de que al final no fuera bonificable, tengo la opción de "utilizar" a otra trabajadora de la empresa (darle de baja, inscripción paro, y contrato de interinidad) y al hermano hacerle un contrato normal, sin bonifcación... Pero quisiera antes acabar de aclarar el tema...
¿Más opiniones?
Gracias y saludos,
 

Clo

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Os pego respuesta del sepe:
"Al tener un 60% de las acciones, no podría realizar un contrato interino bonificado por riesgo de embarazo. Podría realizarle un contrato pero sin bonificación."
Gracias Fernando. Yo estaba convencida de que sí se podía. Suerte que estabas ahí insistiendo...
Saludos,
 
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