Buenos días, por que me ayudéis un poco con este tema, que hace tiempo no hago. Una trabajadora va a causar baja por riesgo de embarazo y posteriormente como es lógico por maternidad, se va a contratar a una trabajadora para sustituirla con contrato de sustitución, y tengo varias preguntas, en este caso tanto el trabajador contratado como el sustituido tienen bonificación en la cuota verdad? para tal cuestión el contratado debe estar previamente apuntado como demandante de empleo verdad? la trabajadora sustituida tiene un contrato a jornada completa, pero en la actualidad hace el 75% de jornada por estar en excedencia por cuidado de otro hijo anterior, entiendo que la persona que la sustituye con un contrato al 75% de jornada es suficiente verdad? y lo mas importante, una vez que cambie la situación de riesgo por embarazo, a baja por maternidad, hay que despedir al trabajador que la sustituye, y hacerle un nuevo contrato de sustitución?
Mil gracias.
Mil gracias.