Por favor, a ver si me podéis ayudar.
Os indico el texto de la antigüedad del convenio:
Se establece un complemento personal de antigüedad para todas las categorías,
consistente en bienios por un importe del 5% del salario base, a devengar desde el día
primero del mes en que se cumple el bienio.
La acumulación de los incrementos por antigüedad no podrá suponer más del 10% del
salario base a los 5 años, del 25% a los 15 años, del 40% a los 20 años, y del 60% como
máximo a los 25 años o más.
Ahora, si tengo una trabajadora que fue alta en Mayo del 2015, entiendo que tendría un 15% ¿verdad? El convenio que tengo importado y configurado por el programa me pone un 10%. Que interpretáis vosotros.
Muchas gracias por existir, si no fuera por este foro.
Os indico el texto de la antigüedad del convenio:
Se establece un complemento personal de antigüedad para todas las categorías,
consistente en bienios por un importe del 5% del salario base, a devengar desde el día
primero del mes en que se cumple el bienio.
La acumulación de los incrementos por antigüedad no podrá suponer más del 10% del
salario base a los 5 años, del 25% a los 15 años, del 40% a los 20 años, y del 60% como
máximo a los 25 años o más.
Ahora, si tengo una trabajadora que fue alta en Mayo del 2015, entiendo que tendría un 15% ¿verdad? El convenio que tengo importado y configurado por el programa me pone un 10%. Que interpretáis vosotros.
Muchas gracias por existir, si no fuera por este foro.