buenos dias, una pregunta,
una persona que gana un juicio contra el inss, por invalidez,
el inss recurre,
en teoria tiene que acrditar ante el juzgado que comienza a abonarle la prestacion para pòder recurrir, pero tienen que abonarle los atrasos???, es decir desde el dia que le denegaron la pension hasta fecha de sentencia ( en el sentencia expresamente condena a esa cantidad), y ello a fin de poder recurrir el inss.es que no lo veo claro, y en el inss le dicen que no , pero lo veo absurdo
un saludo
una persona que gana un juicio contra el inss, por invalidez,
el inss recurre,
en teoria tiene que acrditar ante el juzgado que comienza a abonarle la prestacion para pòder recurrir, pero tienen que abonarle los atrasos???, es decir desde el dia que le denegaron la pension hasta fecha de sentencia ( en el sentencia expresamente condena a esa cantidad), y ello a fin de poder recurrir el inss.es que no lo veo claro, y en el inss le dicen que no , pero lo veo absurdo
un saludo