invaluidez inss

david2

Nuevo miembro
buenos dias, una pregunta,
una persona que gana un juicio contra el inss, por invalidez,
el inss recurre,
en teoria tiene que acrditar ante el juzgado que comienza a abonarle la prestacion para pòder recurrir, pero tienen que abonarle los atrasos???, es decir desde el dia que le denegaron la pension hasta fecha de sentencia ( en el sentencia expresamente condena a esa cantidad), y ello a fin de poder recurrir el inss.es que no lo veo claro, y en el inss le dicen que no , pero lo veo absurdo
un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues claro que le tienen que abonar los atrasos.Es más, si piérde el recurso no tendría que devolver nada.
 
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