Black Mamba
Miembro
Hola!
Me viene un caso de una señora de 52 años que dejó de cotizar en el 2006. Ha cotizado 9 años y 10 meses en toda su vida laboral. La carencia genérica veo que la cumple porque en 32 años tiene que haber cotizado 8. La específica veo que si se accede a la pensión desde una situación de alta o asimilada a la de alta, sin obligación de cotizar, el período de los 10 años en que debe estar comprendida la carencia específica se computa, hacia atrás, desde la fecha en que cesó la obligación de cotizar.
Lo cumpliría si estuviese asimilada al alta. Dejó de percibir la prestación por desempleo y ya no está apuntada como demandante de empleo desde hace años. Veo que hay sentencias que en función de qué casos, sí que se podría considerar situación asimilada al alta, pero en su caso fue por tener hijos... ninguna enfermedad que le impidiese apuntarse ni nada. ¿Cómo lo veis?
Me viene un caso de una señora de 52 años que dejó de cotizar en el 2006. Ha cotizado 9 años y 10 meses en toda su vida laboral. La carencia genérica veo que la cumple porque en 32 años tiene que haber cotizado 8. La específica veo que si se accede a la pensión desde una situación de alta o asimilada a la de alta, sin obligación de cotizar, el período de los 10 años en que debe estar comprendida la carencia específica se computa, hacia atrás, desde la fecha en que cesó la obligación de cotizar.
Lo cumpliría si estuviese asimilada al alta. Dejó de percibir la prestación por desempleo y ya no está apuntada como demandante de empleo desde hace años. Veo que hay sentencias que en función de qué casos, sí que se podría considerar situación asimilada al alta, pero en su caso fue por tener hijos... ninguna enfermedad que le impidiese apuntarse ni nada. ¿Cómo lo veis?