IRPF bonus

Noviembre

Miembro
¿Qué IRPF se aplica a un bonus cobrado en enero o febrero y que corresponde a beneficios del año anterior?
1.-el que corresponda según el cálculo del año en curso.
2.-el 15%
La cotización sería como la de unos atrasos ¿no?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si el pago está previsto para el año en curso (aunque los parámetros de cálculo hagan referencia a otro periodo) , es decir, su pago es exigible para el año en curso, tributa (y se le retiene a cuenta) como el resto de rendimientos del año en curso (al tipo general vaya).

La cotización, de forma prorrateada a lo largo de los 12 meses del año en curso (por suerte, si el pago es en enero o febrero podrás tenerlo ya en cuenta desde inicio del año a estos efectos,  ahorrandote complementarias por los importes cotizables en meses anteriores o la cotización en base a una previsión y que luego, de existir deferencias con el importe finalemnte abonado implique también complementaria por diferencias de cotización o solicitud de ingresos indebidos según si la desviación ha sido en defecto o en exceso.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
A efectos fiscales se considera como retribución del ejercicio, como dice N_bcn, y habrás de regularizar si no lo tuviste en previsión.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
fundación dijo:
A efectos fiscales se considera como retribución del ejercicio, como dice N_bcn, y habrás de regularizar si no lo tuviste en previsión.

Efectivamente, aunque, en la medida en que se trate de un bonus que se perciba, en el importe que sea, habitualmente, así como respecto a otros conceptos retibutivos de importe variable, la norma, salvo excepción justificada, señala la obligación de considerar ya desde inicio de año, como referencia, la suma de estos conceptos durante el ejercicio anterior a la hora de hacer la previsión de ingresos del ejercicio en curso.
En la medida en que el importe acumulado de estos conceptos variables durante el año en curso supere a los del año anterior (hasta ese momento tenidos en cuenta en la estimación de ingresos anuales), es cuando pasarán a considerarse los acumulados durante el año en curso , implicando la regularización.
Lo mismo desde el momento en que se evidencie que, en su caso, los importes variables del año en curso serán inferiores a los del año anterior tendidos en ciuenta haste ese momento y a estos efectos.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
Si está cobrado a principios de año ya se debía haber tenido en cuenta para el cálculo de IRPF, claro.
 
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