IRPF nuevas incorporaciones

Santiago

Miembro conocido
Buenas tardes
Cuando una persona trabajadora se incorpora a una empresa con el año iniciado (por ejemplo ahora en mayo) al calcular sus ingresos anuales muchas veces no alcanza los 22.000 euros y el cálculo de la retención sale a 0%
En estos casos, ¿cuál es la mejor opción?

a) Aplicar el 0%
b) Aplicar el 0% pero avisar a la persona trabajadora para que pueda solicitar una retención voluntaria, para evitar sustos en la renta
c) Aplicar la retención que le correspondería si estuviera trabajando 12 meses en la empresa

Gracias
 

MarLo

Miembro conocido
Yo personalmente la a)

Es cierto que algunos trabajadores, al año siguiente, si tuvieron ingresos con otra empresa antes de la fecha del inicio del contrato, montan algún pollo si les toca pagar, pero es fácil razonar con ellos diciéndoles que nosotros no sabemos los ingresos que tuvieron antes de que los diésemos de alta. Si te quieres evitar estos problemas y si se tiene algo de tiempo y paciencia, siempre con el envío del 145 se puede enviar un modelo de solicitud de retención "a la carta"... pero bueno... yo esto lo hago muy excepcionalmente, porque generalmente el trabajador quiere que le calcules tú la retención "correcta" que hay que hacerle...
 

DANI ML

Miembro conocido
Amen a lo dicho por MarLo. La opción c) nunca, porque siempre te podrán decir que por qué has retenido de más sin que se te hubiera pedido. La opción b), ni por asomo. Te van a pedir lo que dice Marlo, y el problema es que no te lo pedirá el trabajador, te lo pedirá la empresa (el trabajador me ha dicho que...) y si le dices que nanai, se lo estás diciendo a tu cliente. Opción a) sin duda. Y yo la verdad es que nunca he tenido ese pollo al año siguiente de que me vengan diciendo que les sale a pagar.....
 

MarLo

Miembro conocido
Amen a lo dicho por MarLo. La opción c) nunca, porque siempre te podrán decir que por qué has retenido de más sin que se te hubiera pedido. La opción b), ni por asomo. Te van a pedir lo que dice Marlo, y el problema es que no te lo pedirá el trabajador, te lo pedirá la empresa (el trabajador me ha dicho que...) y si le dices que nanai, se lo estás diciendo a tu cliente. Opción a) sin duda. Y yo la verdad es que nunca he tenido ese pollo al año siguiente de que me vengan diciendo que les sale a pagar.....
uy! pues más de uno yo... ahora con los contratos indefinidos también me llaman para decirme que les retengo mal, que por qué no les retengo el 2%, que luego tienen que pagar... A mi algunas empresas, será que conocen mi santa paciencia o que me toman por tontolaba (no lo tengo claro) me rebotan mucho a los rebotados con esto del IRPF
 

Nando_bcn

Miembro conocido
La mejor opción es aplicar la ley e informar de la posibilidad de aplicar mayor retención de forma voluntaria, con el formulario adecuado de solicitud.
Me has quitado las palabras. ¿La mejor opción?, la que sea conforme a la norma, por tanto:

La a),

Subsidiariamente la b) (que reconozco que es la que yo suelo seguir cuando tengo ocasión, consciente de los riesgos que ya han apuntado, esto es, que además te pidan que les hagas el cálculo, que el final hayan entendido otra cosa o te digan que les explicaste otra cosa... pero uno es, hasta cierto punto, así de bueno) y que, en el fondo, mientras se trate de una retención superior solicitada expresamente (y que puedas acreditarlo) por el trabajador, sigue siendo una opción conforme a la norma.

La c) ¡jamás!!. Por no ser conforme a la norma (por muy buena que sea nuestra intención, pero si vamos a aplicar una retención superior, que, por las circuntanstancias del trabajador, ajenas a la empresa, eviten que la declaración la salga a pagar o a pagar un importe considerable, que sea porque el trabajador lo ha solicitado expresamente y así quede acreditado).
 

Santiago

Miembro conocido
Nosotros aplicamos habitualmente la opción b) comunicando a la persona trabajadora si desea una retención voluntaria.
Pero este mes nos han indicado en una empresa que apliquemos la opción c) a las nuevas personas trabajadoras que se incorporen.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Yo, por trabajar en una asesoría fiscal, en estos casos, tiendo a una mezcla de las opciones b) y c); les calculo la retención que les corresponde y la que les correspondería si estuvieran todo el año. Luego les pregunto que salarios en cobrado en los meses anteriores para hacer un "ajuste" en el tipo de retención y, en estos casos, siempre les preparo un escrito de solicitud de retención superior.

Salu2. :cool:
 

Caslaboral

Miembro conocido
La unica opcion posible es la A. La C ni de broma, y la B... no somos los padres de nadie, los trabajadores tienen la obligacion de conocer sus responsabilidades. Si quieren una retencion superior que lo pidan y si no lo hacen... mala suerte para ellos.
 

Charlie

Miembro activo
Yo, si por mí fuera, siempre aplicaría la opción A), pero desde que entré en la asesoría que me encuentro siempre me han dicho que en esos casos ponga el 2% para "ahorrarnos sustos futuros", refiriéndose a la cartas de Hacienda. Yo cada vez hago más presión para no poner nada directamente si no le corresponde, que no están las cosas como para pagar ni un euro de más
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Nosotros aplicamos habitualmente la opción b) comunicando a la persona trabajadora si desea una retención voluntaria.
Pero este mes nos han indicado en una empresa que apliquemos la opción c) a las nuevas personas trabajadoras que se incorporen.
Pues, como asesor, indícales que para hacer eso se precisa solicitud expresa de cada uno de los empleados a los que les afecta la medida (vaya, que lo están pidiendo ellos, ya sea de motu propio o porque se lo haya planteado, como mera consulta o a título informativo, la empresa).
Si dicen que los tienen (os los remitan o no), pues perfecto, y si no, pues ya verás, pero avisados están de la irregularidad (a mi, como empleado, me lo hacen , sin pedirlo, y reclamo a la empresa, que para adelantarle el dinero a Hacienda porque la empresa ha decidido por mi, prefiero tenerlo yo el tiempo que pueda).
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Yo, si por mí fuera, siempre aplicaría la opción A), pero desde que entré en la asesoría que me encuentro siempre me han dicho que en esos casos ponga el 2% para "ahorrarnos sustos futuros", refiriéndose a la cartas de Hacienda. Yo cada vez hago más presión para no poner nada directamente si no le corresponde, que no están las cosas como para pagar ni un euro de más
"para ahorraros sustos futuros"... ¿quién?, ¿la empresa?, ¿vosotros?
Ah! el trabajador!. Bien, pues si os preocupa que se pueda llevar un susto (por sus circunstancias personales ajenas a la empresa (por ej ha estado trabajando en el mismo año antes de contratarlo vosotros, o tiene otro tipo de ingresos... ), pues informadle de ello, que, si quiere (pero el trabajador, no la empresa) puede solicitar una retención superior a la que la empresa, de forma totalmente correcta le va a practicar.

Los sustos a la empresa le pueden venir por no actuar conforme a la norma. No acabo de entender ese planteamiento (si me tuvieran a mi de empleado y me hicieran eso, decidiendo por mi, y una decisión que no comparto, tendrían que estar preparados para el susto de mi reclamación, por su forma de actuar anómala, no conforme a la norma).
 
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MarLo

Miembro conocido
es que la opción C) en todo caso lo pedirá el trabajador previo escrito de solicitud de retención superior a lo que corresponde, indicando porcentaje ¿Quién es la empresa para decirnos que retengamos un 10% o un 15%? muchos aprovecharían para apañar en un mes que van mal de liquidez... :p... además... no tenemos la bola de cristal, como vamos a retener "como si llevase 12 meses en la empresa"... ¿y si lo damos de alta en agosto, le metemos un 14% y se va a los tres meses? ¿ y si le da por reclamar lo que se retuvo de más...? ya tenemos liada

Entiendo que se haga la b) si el trabajador hace la renta en la asesoría (que los hay) u otras circunstancias excepcionales... pero por defecto como dice @Caslaboral, nos quejamos de que trabajamos gratis para la administración, como también para ponernos una nueva tareaza que es cuidar de que la renta le salga a los trabajador "apañada"
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
No voy a decir nada que no se ha dicho ya, aquí los compañeros no ha dejado lugar a la duda. Retener por encima sin petición expresa nunca.
 
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Charlie

Miembro activo
"para ahorraros sustos futuros"... ¿quién?, ¿la empresa?, ¿vosotros?
Ah! el trabajador!. Bien, pues si os preocupa que se pueda llevar un susto (por sus circunstancias personales ajenas a la empresa (por ej ha estado trabajando en el mismo año antes de contratarlo vosotros, o tiene otro tipo de ingresos... ), pues informadle de ello, que, si quiere (pero el trabajador, no la empresa) puede solicitar una retención superior a la que la empresa, de forma totalmente correcta le va a practicar.

Los sustos a la empresa le pueden venir por no actuar conforme a la norma. No acabo de entender ese planteamiento (si me tuvieran a mi de empleado y me hicieran eso, decidiendo por mi, y una decisión que no comparto, tendrían que estar preparados para el susto de mi reclamación, por su forma de actuar anómala, no conforme a la norma).
susto la empresa por si la retención no ha sido correcta y luego le llega carta de Hacienda reclamando la diferencia. Concuerdo totalmente en cada cosa que has dicho, yo solo soy un mandao 😅
 

Nando_bcn

Miembro conocido
susto la empresa por si la retención no ha sido correcta y luego le llega carta de Hacienda reclamando la diferencia. Concuerdo totalmente en cada cosa que has dicho, yo solo soy un mandao 😅
Justo por eso, retén conforme la norma (es decir, considerando ingresos y gastos de cada empleado, dentro de cada ejercicio y en base a su vinculación con la empresa, así como de la situación personal reportada por el propio empleado) y déjate de inventos.
Si retienes lo que en base a esas pautas corrresponde (es decir, en base a la norma), como empresa, nada has de tener por parte de Hacienda (que, por supuesto, probablemente tampoco se va a quejar porque le adelantéis, de forma indebida, dinero de los trabajadores. los que se pueden quejar son los propios trabajadores si no es propiamente una decisión de ellos),.
Y lo dicho, si tenéis una petición expresa por parte del empleado de que se le aplique una retención superior, ello también es conforme a la norma (y perfecto si así os quedáis todos más tranquilos).
Pero, repito, lo que ha de generar tranquilidad o evitar riesgos, es hacer las cosas conforme a la norma, y la opción c) no lo es, y por ello no puedo entender que se utilice para "ahorrar sustos (y menos si estamos pensando de sustos a la empresa y por parte de Hacienda).
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Justo por eso, retén conforme la norma (es decir, considerando ingresos y gastos de cada empleado, dentro de cada ejercicio y en base a su vinculación con la empresa, así como de la situación personal reportada por el propio empleado) y déjate de inventos.
Si retienes lo que en base a esas pautas corrresponde (es decir, en base a la norma), como empresa, nada has de tener por parte de Hacienda (que, por supuesto, probablemente tampoco se va a quejar porque le adelantéis, de forma indebida, dinero de los trabajadores. los que se pueden quejar son los propios trabajadores si no se propiamente una decisión de ellos),.
Y lo dicho, si tenéis una petición expresa por parte del empleado de que se le aplique una retención superior, ello también es conforme a la norma (y perfecto si así os quedáis todos más tranquilos).
Pero, repito, lo que ha de generar tranquilidad o evitar riesgos, es hacer las cosas conforme a la norma, y la opción c) no lo es, y por ello no puedo entender que se utilice para "ahorrar sustos (y menos si estamos pensando de sustos a la empresa y por parte de Hacienda).
Disculpa, Charlie, quería decir que la opción c) no es conforme a la norma, como tampoco lo es la que indicas, esto es, retener el 2% (si se trata de contratos indefinidos o de duración no inferior al año) si en base a la norma corresponde una retención menor (o incluso 0) y no te lo ha solicitado el trabajador (pero lo dicho, probablemente Hacienda no se queje por haberle adelantado dinero de forma indebida, pero tampoco os ha de dar ningún susto por retener menos del 2% o nada, si eso, en base a la norma, es correcto y el trabajador no ha solicitado una retención superior).
 

Charlie

Miembro activo
Justo por eso, retén conforme la norma (es decir, considerando ingresos y gastos de cada empleado, dentro de cada ejercicio y en base a su vinculación con la empresa, así como de la situación personal reportada por el propio empleado) y déjate de inventos.
Si retienes lo que en base a esas pautas corrresponde (es decir, en base a la norma), como empresa, nada has de tener por parte de Hacienda (que, por supuesto, probablemente tampoco se va a quejar porque le adelantéis, de forma indebida, dinero de los trabajadores. los que se pueden quejar son los propios trabajadores si no se propiamente una decisión de ellos),.
Y lo dicho, si tenéis una petición expresa por parte del empleado de que se le aplique una retención superior, ello también es conforme a la norma (y perfecto si así os quedáis todos más tranquilos).
Pero, repito, lo que ha de generar tranquilidad o evitar riesgos, es hacer las cosas conforme a la norma, y la opción c) no lo es, y por ello no puedo entender que se utilice para "ahorrar sustos (y menos si estamos pensando de sustos a la empresa y por parte de Hacienda).
Totalmente de acuerdo, a ver si a raíz de este hilo puedo cambiar las cosas aquí. Mil gracias por tomarte el tiempo, Nando.
 
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