FIRMAMENTO
Miembro activo
En este supuesto. de que el administrador está encuadrado en el régimen asimilado, entendéis que el seguro médico está exento hasta los 500 euros?
En apuntes y consejos pone esto:
En apuntes y consejos pone esto:
- Si el socio tiene el control efectivo de la sociedad en la que trabaja y, por tanto, cotiza en el RETA, el seguro médico no disfrutará de exención en su IRPF, y la sociedad deberá imputarle las primas satisfechas como retribución en especie no exenta.
- Ahora bien, si no tiene el control efectivo y cotiza en el Régimen General de la Seguridad Social, cabe entender que su relación con la empresa es laboral, y por tanto, en este caso sí podrá aplicar los mismos incentivos fiscales que el resto de trabajadores.