IRPF. VALOR ADQUISICION . VENTA INMUEBLE HEREDADO.

Pau2801

Miembro activo
2005. Fallece el padre titular del 50% de la vivienda habitual, la madre era titular del otro 50%.

No se realiza ni declaración de herederos ni aceptación de herencia por parte de la única hija.

Enero 2023. Fallece la madre , y se realiza un solo protocolo aceptación herencia , en el que se hereda tanto el 50% del padre como el 50% de la madre , indicándose un VALOR del 100% de la vivienda de 100.000,00 euros.

Junio 2023. La hija procede a la venta de la vivienda por 100.000,00 euros.

En el IRPF, de la hija , entiendo que se deberán de indicar dos fechas de adquisición diferentes para cada 50% de la vivienda (2005) y (2023) , pero en el VALOR DE ADQUISICIÓN , es donde tengo la duda , en cuanto al 50% de la madre sería el de 50.000,00, pero y el VALOR del 50% del padre cual sería???

Estaría ajustado a la normativa indicar para el 50 % del padre el valor de 50.000,00, que es el 50% de lo indicado como VALOR , en el protocolo único del notario, realizado en 2023.

O bien se debería de realizar PERITAJE RETROACTIVO realizado por un arquitecto, en el que se indicara el valor de mercado de la vivienda en el 2005??


Agradecería ayuda y comentarios

PD. Los importes están simplificados, sin tener en cuenta, impuestos , notarios , registros, abogados , gestores , etc.
 

fundación

Miembro conocido
Hay dos valores de adquisición distintos: la fecha de fallecimiento de cada titular. Para la valoración puedes ir usar alguna aplicación tributaria de tu comunidad que hace esto a título informativo, o realizar una tasación mediante peritaje, que puede ser más interesante dado que será un valor de adquisición mayor que el anterior, por tanto habría una ganancia patrimonial menor. Luego en la declaración habría como dos ventas distintas por ello, repartiendo costes de notaría etc repartidos dado que fueron comunes para la aceptación de ambas herencias. Salvo mejor opinión.
 
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