IRPF y embargo

macis

Nuevo miembro
Buenas os comento un caso raro, para ver que pensais vosotros...

Tengo una trabajadora que en septiembre le pidió a la empresa un aumento del IRPF al 20%, la empresa se lo concedió y desde entonces le venimos practicando dicha retención.

Tiene contrato indefinido y un bruto de aproximadamente 1000 euros. 

Ahora en noviembre nos llega un embargo de un ayuntamiento de unos 5000 euros.

Antes era una ingenua y ahora me he vuelto una mal pensada, y por ese motivo creo que pidió esta subida de IRPF para que el embargo sea mas pequeño y que luego todo lo retenido de mas se lo devuelvan en renta.
Aunque no sabe que cada vez estan todos los entes publicos mejor comunicados y antes de que cobre la renta, le embargaran la devolucion(al menos eso espero).
Mi pregunta es, si este ayuntamiento podria exigir a la empresa como responsable solidario el pago de la deuda por no revocar la solicitud de retencion de irpf, al tener el sueldo embargado.

Que pensais de esto?? O me estoy volviendo muy paranoica??? Bueno lo de paranoica tiene muchas posibilidadesss.... ;D

Ultimamente estoy viendo cosas muy raras que no habia visto nunca, como inspecciones de trabajo en casa de profesionales en lugar de hacerlas en los domicilios de las actividades.... entre otras cosas...
 

jcg73

Miembro activo
Yo no perdería ni un minuto más en preocuparme, mientras tengas su solicitud de aumento de retención ya se lo encontrará, el problema es suyo,,,
 

CHARO

Miembro conocido
Estoy de acuerdo con jcg73, pide que el trabajador solicite ese porcentaje por escrito y aplicaselo a partir de la fecha que te lo solicite, eso si, guarda la notificación escrita  por si a caso, que como tú bien dices, se están viendo cosas que nunca se habian visto.
 

fundación

Miembro conocido
No sé porqué tendrías que revocar una solicitud personal, voluntaria, ajustada a derecho e indefinida de una trabajadora, que no ha sido revocada por la misma. Y hecha por escrito, se entiende.
 

mafaldasur

Nuevo miembro
es verdad, lo que hay que ver!! desde luego a mí siempre me ha llamado mucho la atención que la limitación de las cantidades a embargar se refiera a cantidades líquidas (no recuerdo si hay alguna cuestión más que hagaa esa salvedad).

que se den cuenta los juristas y cambien la norma porque es muy simple:  subirse la retención y escaquearse o minorar el embargo es todo uno...
 
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